
CASTILLA LA MANCHA.-Trib.- TSJCM da la razón a CSIF frente al Ayuntamiento de Toledo por vulnerar en 2021 el derecho a negociación colectiva
Publicado 9 Sep 2025 11:01
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM)ha desestimado el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Toledo para evitar la anulación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de marzo de 2021.
La sentencia ha dado la razón a CSIF, según ha informado el sindicato en nota de prensa, sobre la vulneración del Ayuntamiento de Toledo de la negociación colectiva al no poner a disposición del sindicato la totalidad de la documentación relevante con la suficiente antelación y prescindir de trámites esenciales omitiendo informes de Secretaría e Intervención en el procedimiento, además de subrayar que el Consistorio careció de la «buena fe» que debe presidir la negociación colectiva.
Según CSIF, se ratifica así la sentencia lograda por la Central Sindical en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número de Toledo, de 8 de septiembre de 2022. El Ayuntamiento de Toledo decidió recurrir esta sentencia al TSJCM argumentando que el retraso en el envío de parte de la documentación a la Mesa General de Negociación fue parcial, circunstancial e irrelevante debido a problemas técnicos, lo que ha quedado demostrado que no fue así.
CSIF ha celebrado este reconocimiento judicial «porque pone de manifiesto que la negociación colectiva no es un mero trámite de audiencia, sino un proceso profundo que requiere la facilitación mutua de información necesaria para su eficacia y siempre con vistas a la mejora de los servicios públicos municipales».
Más allá de la ausencia de negociación, CSIF inició el proceso judicial debido a que esta modificación de la RPT, ratificada mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo de 10 de marzo de 2021, bajo signo socialista, «suponía un incremento salarial encubierto para determinados funcionarios de manera concreta, lo que provocaba una discriminación dentro de la misma Corporación local por parte del anterior equipo de Gobierno al premiar arbitrariamente a determinados empleados».
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