
Marlaska asiste a la reunión del consejo extraordinario de ministros del Interior de la UE por la crisis en Ceuta
Publicado 8 Aug 2026 13:38
MADRID 8 Ago. –
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha comunicado este sábado a diferentes autoridades de la Unión Europea (UE) la decisión del Gobierno de restablecer los controles fronterizos en aquellos aeropuertos y puertos que mantienen conexiones directas entre el Reino de España y la República Italiana, según ha informado este sábado el Ministerio en un comunicado.
La comunicación ha sido remitida a la vicepresidenta ejecutiva de la Comisión Europea, Henna Virkkunen; al comisario europeo de Asuntos de Interior y Migración, Magnus Brunner; a la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, y a la secretaria general del Consejo de Ministros de Interior de los Estados miembros de la Unión Europea y de los Estados asociados a Schengen, Thérèse Blanchet.
En el escrito, Grande-Marlaska explica que las autoridades españolas siguen con atención la evolución de la situación migratoria en el espacio Schengen y, en particular, la presión migratoria registrada en la ruta del Mediterráneo central que afecta a la República Italiana y sus efectos sobre distintos Estados miembros por la actividad de las redes de delincuencia transfronteriza vinculadas a la migración irregular.
Dadas las posibles repercusiones de esta situación para el orden público y la seguridad interior, España ha decidido reintroducir de manera temporal controles en determinadas fronteras interiores, de conformidad con los artículos 25 y siguientes del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, que establece el denominado Código de Fronteras Schengen.
En la comunicación, Grande-Marlaska explica que, de conformidad con el artículo 27 del citado Reglamento, la reintroducción temporal de controles fronterizos se aplicará a las conexiones aéreas y marítimas entre el Reino de España y la República Italiana desde las 00.00 horas del 8 de agosto y hasta las 00.00 horas del 7 de septiembre.
Este plazo podrá ser modificado en función de la evolución de las circunstancias que justifican su adopción y, a su vencimiento, las autoridades españolas realizarán una nueva evaluación de la situación para valorar la necesidad de mantener, modificar o levantar la medida, concluye el ministro.
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