Acordado el traspaso a Euskadi de cuatro prestaciones no contributivas y seguro escolar, el CNVM y Salvamento Marítimo

Publicado 15 Jul 2025 21:32

MADRID 15 Jul. –

El Lehendakari, Imanol Pradales, y el presidente del Gobierno central, Pedro Sánchez han acordado el traspaso a Euskadi de cuatro prestaciones no contributivas -tres prestaciones familiares y el subsidio especial por nacimiento-, así como la gestión de las prestaciones económicas del seguro escolar, todo ello dentro del primer bloque de la transferencia de la gestión de la Seguridad Social a Euskadi.

Además, se ha pactado el traspaso a Euskadi del centro Nacional de Verificación de Maquinaria (CNMV), con sede en Barakaldo, y las funciones y servicios en salvamento marítimo en aguas territoriales del Estado correspondientes al litoral vasco, según fuentes de ambos Ejecutivos.

Imanol Pradales y Pedro Sánchez han presidido esta tarde en el Palacio de La Moncloa en Madrid la Comisión Bilateral de Cooperación Permanente, convocada para avanzar en la agenda de cooperación entre ambos gobiernos y el traspaso de las competencias pendientes.

En el encuentro, que ha comenzado a las cinco y media de la tarde y se ha prolongado durante casi tres horas, ha concluido con el acuerdo para el traspaso de diversas materias incluidas en el primero bloque del traspaso de la gestión de la Seguridad Social a Euskadi, en concreto, las prestaciones no contributivas y la recaudación, gestión y abono de las prestaciones económicas del seguro escolar.

En virtud del acuerdo se traspasan a Euskadi las funciones relativas a la gestión tramitación, reconocimiento, pago, inspección, control y potestad sancionadora de las tres prestaciones familiares no contributivas y del subsidio especial por nacimiento de la Seguridad Social.

En concreto, son la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo; la prestación económica por nacimiento o adopción, y la prestacion económica por parto o adopción múltiples. A ello, se añade el subsidio especial por nacimiento, de carácter no contributivo.

Por lo tanto, con el traspaso de estas cuatro prestaciones se cierra la transferencia a Euskadi de las prestaciones no contributivas, tras las cerradas tanto en 1987 como la del IMV.

La transferencia se realizará conforme a un modelo de régimen económico y financiación similar al utilizado para la asunción de la gestión del Ingreso Mínimo Vital y, según han precisado, el traspaso respeta el modelo unitario y la caja única del sistema de Seguridad Social.

Las prestaciones no contributivas se financian a través de los presupuestos generales del Estado, por tanto, se puede aplicar el sistema del concierto y aplicar el 6,24% a todos los créditos que haya en los presupuestos del Estado destinados a financiar dichas prestaciones no contributivas.

El Gobierno vasco ha precisado que, atendiendo al gasto efectivo presupuestario por estas prestaciones en 2023, del total a nivel estatal de las prestaciones no contributivas, Euskadi descontaría del cupo a pagar al estado, un 6,24%, lo que se aproximaría a una cuantía cercana a los 100 millones de euros.

Dentro de ese primer bloque de la Seguridad Social, también se ha pactado que Euskadi asuma la recaudación, la gestión y abono de las prestaciones económicas del seguro escolar.

El Gobierno vasco precisa que se asume la recaudación y gestión de la cuota del seguro escolar, sin perjuicio de que el modelo de gestión económica pueda revisarse cuando se complete el traspaso de la gestión del régimen económico de la Seguridad Social en su conjunto.

En 2020 ya se transfirió a Euskadi la asistencia sanitaria derivada del seguro escolar y ahora se completa el traspaso de la gestión de las prestaciones económicas del mismo, que son las indemnizaciones por infortunio familiar; las indemnizaciones y pensiones por incapacidad en caso de accidente y las indemnizaciones por fallecimiento del estudiante.

El Gobierno vasco ha precisado que el traspaso permitirá la asuncion de las funciones para la gestión del régimen económico de la Seguridad Social en lo que al seguro escolar se refiere. Por tanto, por primera vez el Gobierno Vasco asumiría la función de la TGSS, por lo que considera que es «un traspaso cualitativamente importante».

El Gobierno central y vasco también han acordado el traspaso a Euskadi de las instalaciones que albergan el Centro Nacional de Verificación de Maquinaria (CNVM) dependiente del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), con sede en Barakaldo.

El Centro Nacional de Verificación de Maquinaria (CNVM) es el centro de referencia para todo el Estado especializado en analizar la exposición a agentes químicos y físicos, seguridad en máquinas y equipos de trabajo y el estudio de las condiciones psicosociales y cuenta con un laboratorio de metrología, salas de ensayo y personal especializado.

De esta forma, el acuerdo en la Comisión Bilateral «viene a completar» el traspaso en materia de Seguridad y Salud laboral y a «potenciar la cooperación de Estado y Euskadi» en este área.

Otro acuerdo cerrado es el traspaso a la Comunidad Autónoma Vasca de las funciones y servicios en Salvamento Marítimo en las aguas territoriales del Estado correspondientes al litoral vasco, tal y como recoge el artículo 12.10 del Estatuto de Gernika.

Euskadi asumirá la planificación, coordinación y prestación de los servicios de servicios de búsqueda, rescate y salvamento marítimo en las aguas interiores y territoriales del litoral vasco, así como la exigencia de tasas por salvamento y la potestad sancionadora.

El Estado se reservará la capacidad legislativa y reglamentaria, cerrar acuerdos internacionales; aprobar el Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la vida humana en la mar y de lucha contra la contaminación marina y el establecimiento de las directrices de coordinación de dichos medios, además del sistema de control de tráfico marítimo.

El acuerdo no conlleva el traspaso material de bienes ni personal a Euskadi, por lo que el Estado compensará a la Comunidad con «una cantidad adicional única correspondiente a la valoración económica de los bienes y personal cuya transferencia no se opera».

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