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Publicado 30 Oct 2025 11:10
Una sentencia «pionera e histórica» para UGT que puede suponer de momento beneficiar a 15.000 trabajadores de la región
UGT de Castilla-La Mancha ha anunciado este jueves en Guadalajara la confirmación, por parte del Tribunal Supremo, de una sentencia que declara la aplicación prioritaria del convenio sectorial frente a convenios de empresa o multiservicios cuando las funciones prestadas corresponden a la actividad de la empresa principal, un fallo que en el caso de Castilla-La Mancha puede beneficiar a unos 15.000 trabajadores solo de logística.
Desde la organización sindical se ha calificado el fallo de «pionero» y se ha advertido que su alcance puede afectar a miles de trabajadores de la región. En la rueda de prensa, desarrollada en la sede provincial de UGT, ha intervenido la secretaria general de UGT Castilla-La Mancha, Lola Alcónez; la secretaria general de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT Castilla-La Mancha, Ana González; el secretario general de la FeSMC en Guadalajara, Alfredo Ávila; y el responsable regional del sector de limpieza, Félix Frutos.
El Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por la empresa PartnerWork, con lo que la sentencia previa del Juzgado de lo Social de Guadalajara y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha queda firme y de aplicación inmediata en la comunidad autónoma, según explica UGT.
Desde la organización han asegurado que la práctica denunciada –empresas multiservicios aplicando convenios ajenos (como el convenio del campo) a trabajadores que realizan funciones logísticas– ha generado salarios inferiores y jornadas más extensas que con esta sentencia tendrán que modificarse.
Desde UGT calculan que, únicamente en la provincia de Guadalajara, las operadoras logísticas tendrán que afrontar unos 50 millones de euros para igualar derechos y salarios, y cifra en unos 15.000 trabajadores los potenciales beneficiarios en el sector logístico en la región. Todas esas cifras han sido ofrecidas por UGT como estimaciones provisionales a partir de las empresas afectadas.
Para la secretaria regional del sindicato «es un día importante» y «un hecho histórico y pionero». «Hoy celebramos el resultado de lo que representa la lucha sindical: ha costado años de lucha y pelea, pero esta sentencia ha dado los frutos esperados», lo que en referencia al sector logístico «puede suponer una media de un incremento de 7.000 euros anuales por trabajador», ha dicho.
Para Ana González, portavoz de la FeSMC, la sentencia envía «un mensaje inequívoco» al empresariado: «Se acabó el engaño. Cuando una empresa desarrolla la actividad principal del sector debe aplicar el convenio sectorial. Igual trabajo, igual salario. «La justicia ha demostrado con esta sentencia que está con la clase trabajadora», ha añadido tras subrayar que la decisión ratifica la acusación de UGT contra prácticas que calificó de «convenios pirata» y de «dumping social».
Por su parte, Félix Frutos ha definido la resolución enfatizando en su carácter definitivo: «No se admite recurso de casación. Es firme en la región y se va a aplicar en todos los sectores productivos, no solo en logística.
Frutos ha recordado además a los trabajadores despedidos durante el conflicto y ha remarcado la dimensión económica. «En logística hablamos de unos 50 millones de euros que tendrán que desembolsar las distintas operadoras de la provincia de Guadalajara».
De su lado, Alfredo Ávila ha insistido en que la sentencia supone «mejorar condiciones de jornada y salario» para quienes fueron contratados por empresas multiservicios.
«Establece un punto y aparte para que las empresas matrices sepan que los derechos de estos trabajadores tienen que ser los mismos que los de su plantilla. Que dejen de externalizar actividades propias del sector logístico y que creen empleo de calidad», ha añadido.
Según UGT, el fallo se apoya en la prioridad aplicativa del convenio sectorial –doctrina reforzada por la reforma laboral de 2021– y declara que cuando el trabajo desempeñado corresponde a la actividad principal de la empresa cliente, el convenio que debe regir es el del sector.
La sentencia, además, atribuye responsabilidad solidaria o subsidiaria a la empresa principal en la cadena de subcontratación, obligando a responder frente a las diferencias salariales y de jornada. Así, la empresa afectada tendrá que aplicar de forma inmediata el convenio del sector.
Además, desde UGT han anunciado que pondrán la sentencia «a disposición de otros sindicatos» y que iniciarán una campaña de vigilancia y acciones legales contra empresas que mantengan prácticas similares en cualquier sector productivo de Castilla-La Mancha. «Cada empresa que incumpla la ley tendrá a la UGT de frente», han advertido.
La polémica recogió la firma de un convenio de empresa suscrito por un sindicato denominado Progresa, cuya actuación está siendo objeto de impugnaciones internas y judiciales según UGT, y que la práctica denunciada no se limita a un solo operador logístico ni a Guadalajara, sino que UGT la califica como algo «endemismo» en distintos sectores y provincias.
Para este sindicato, la sentencia no solo corrige un caso concreto de precarización, sino que constituye un precedente jurídico y práctico que puede cambiar las reglas en las relaciones laborales de la subcontratación: «La prioridad del convenio sectorial y el principio de ‘igual trabajo, igual salario’ deben dejar de ser letra muerta cuando conviene a la patronal», ha sintetizado Ana González.
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