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Publicado 3 Feb 2026 14:17
También incluye la garantía de suministro de agua y energía a consumidores hasta el 31 de diciembre
El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado un nuevo real decreto ley de ‘escudo social’ que incluye, entre otras cuestiones, la prórroga de la suspensión del procedimiento de desahucio para hogares vulnerables sin alternativa habitacional cuando el arrendador es un gran tenedor o un ‘fondo buitre’ y del bono social energético hasta el 31 de diciembre de 2026.
El nuevo decreto ley de ‘escudo social’, que se aprueba después de que el pasado 27 de enero el Congreso tumbara la convalidación de un único decreto en el que se incluían la subida de las pensiones y la prórroga del ‘escudo social ‘, incluye medidas en materia de vivienda, energética, de empleo, de carácter tributario y de financiación territorial.
De manera paralela, el Gobierno ha aprobado también este martes otro real decreto ley que incluye la revalorización de las pensiones para 2026, de otras prestaciones y cotizaciones, incluyendo la congelación de cuotas para los autónomos.
En la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la ministra Portavoz y de Seguridad Social, Elma Saiz, ha defendido que estas medidas son «buenas» y buscan mejorar la vida de la gente.
«¿Qué le molesta al Partido Popular de un escudo social que protege a los vulnerables, que prorroga ayudas de la dana, que facilita el abonar la factura de la luz y la factura del agua a personas que tienen especiales necesidades?», ha espetado la portavoz del Gobierno.
Según han indicado fuentes del Ejecutivo, la prórroga de la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional blindará a las personas vulnerables ante eventuales desahucios en viviendas pertenecientes a ‘fondos buitre’ o grandes tenedores.
De esta manera, se mantiene el ‘escudo social’ que protege a las personas inquilinas sin alternativa habitacional que, por causas sobrevenidas, no pueden afrontar el pago del alquiler.
Sin embargo, en línea con el acuerdo entre el Gobierno y el PNV, las personas propietarias de 1 o 2 viviendas (o en situación de vulnerabilidad) no se verán afectadas por la prórroga de este ‘escudo social’ y corresponderá a los servicios sociales competentes la búsqueda de una alternativa habitacional de emergencia para los inquilinos vulnerables.
En materia energética, el Gobierno ha prorrogado el bono social energético y la garantía de suministro de agua y energía a consumidores hasta el 31 de diciembre de 2026, así como la adaptación de la tasa de retribución financiera de sistemas eléctricos no peninsulares para el periodo regulatorio 2026-2031.
En materia de empleo, se incluye la prórroga de prohibición despido para empresas beneficiarias de ayudas públicas.
Además, se modifica el anexo de la ley del IVA en materia de hidrocarburos, se modifica en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y se aprueban los incentivos fiscales a vehículos eléctricos, infraestructuras de recarga e inversiones que utilicen energías renovables.
También se recoge la exención en el IRPF a indemnizaciones por daños personales en incendios forestales, se incluye la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y se actualiza el régimen imputación de rentas inmobiliarias en IRPF.
El nuevo ‘escudo social’ también extiende las ayudas directas por la dana y la exención en el IRPF e Impuesto de Sociedades de ayudas concedidas por la Generalitat Valenciana por la dana.
En materia de financiación, se actualizan las entregas a cuenta de las comunidades autónomas y las entidades locales, se aprueba el régimen de endeudamiento autonómico y la no exigibilidad de devolución de ingresos indebidos por las cuotas nacionales de telefonía móvil devueltas o que se devuelvan por el Estado a las compañías de telefonía móvil.
Además, se prorroga la suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales y no se tomarán en consideración las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el año 2026.
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