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Publicado 12 Nov 2025 17:56
MADRID/TOLEDO 12 Nov. –
El Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas ha aprobado en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) este miércoles el ‘Procedimiento para la emisión de certificado de patologías derivadas de la exposición al amianto’, para reconocer el derecho a la compensación económica para las víctimas del amianto, y la Ley 21/2022, de 19 de octubre, de creación del Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto.
De este modo se desarrolla lo previsto en el Real Decreto 483/2025, de 17 de junio, que entró en vigor el 18 de septiembre de 2025, iniciándose con un primer grupo de beneficiarios: las personas que ya cuentan con un reconocimiento administrativo o judicial firme de incapacidad permanente derivada de una enfermedad profesional causada por la exposición al amianto.
Los demás colectivos de futuros beneficiarios se incorporarán progresivamente, conforme a lo que dispongan las futuras Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Las personas interesadas podrán presentar su solicitud en la Consejería de Sanidad de su comunidad autónoma y en el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Para emitir la certificación de patologías derivadas de la exposición laboral al amianto, se ha de facilitar a los miembros de los Equipos de Valoración de Víctimas del Amianto (EVVA) el acceso a las distintas fuentes de información, tanto para la comprobación de la patología que justifica la solicitud (historia clínica y otros datos o documentos necesarios), como para comprobar que se cumple el criterio sobre el origen de la exposición.
El ministerio de Sanidad señala que este procedimiento «constituye un paso esencial para la reparación íntegra de los daños y perjuicios sobre la salud resultantes de una exposición al amianto padecidos por toda persona en su ámbito laboral, doméstico o ambiental en España».
El trámite para hacer efectivas las compensaciones económicas consta de una fase previa referida a la acreditación de las patologías indemnizables. Esta fase previa se desarrolla en el ámbito de las Comunidades Autónomas, en las que se constituirán los Equipos de Valoración de Víctimas del Amianto (EVVA), integrados por personal especializado en salud pública, laboral y ambiental, que garantizarán la homogeneidad de su actuación en todo el Estado a través de protocolos de actuación comunes.
Estos equipos serán los encargados de valorar los casos y emitir los certificados necesarios para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) pueda gestionar las compensaciones económicas previstas en la ley.
La configuración de los EVVA y su misión requieren que el Ministerio de Sanidad, las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, en sus respectivos ámbitos territoriales y competenciales, garanticen que los EVVA cuenten con los recursos tecnológicos, de organización y de personal cualificado para alcanzar el adecuado funcionamiento.
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