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Publicado 28 Apr 2026 09:48
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha publicado una resolución por la que se establecen los servicios mínimos en las escuelas infantiles públicas de titularidad autonómica en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha durante la huelga convocada para el día 7 de mayo.
Según el texto, publicado este martes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recogido por Europa Press, han convocado huelga tanto la Confederación General Del Trabajo (CGT), como la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras y el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios de Castilla-La Mancha (STAS).
En el establecimiento de los servicios mínimos, según el texto de la Consejería, se han tenido en cuenta los criterios jurisprudenciales, tales como extensión territorial y personal de la huelga, su duración y demás circunstancias concurrentes, así como la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que aquélla repercute, procurando una razonable proporción entre los sacrificios que se imponen a los huelguistas y los que han de padecer los usuarios o destinatarios de dichos servicios esenciales.
Principalmente, se han considerado como criterios diferenciadores en los servicios fijados, la edad, el número y las características especiales del alumnado, de manera que el profesional afectado sea el imprescindible para atender al alumnado que asista al centro, sin que en ningún caso la proporción profesional/alumno permita el desarrollo normal de la prestación del servicio.
En concreto, los servicios mínimos en la escuelas infantiles contarán con un director, como responsable de personal y representante de la Administración educativa en el centro docente, así como garante del cumplimiento de las leyes. En todos los centros en los que exista comedor escolar habrá de haber un cocinero o ayudante de cocina, por considerar que es el personal imprescindible para garantizar la manutención del alumnado.
La edad del alumnado escolarizado en estos centros, entre 0 y 3 años, exige unos servicios mínimos que permitan garantizar una atención permanente y especial, teniendo en cuenta la distinta ratio profesional/alumno de los niveles que integran el primer ciclo de educación infantil.
Así, la ratio por curso fijada para los servicios mínimos multiplica por 2 la ratio máxima legal, fijada en 8,13 y 20 alumnos por curso, siendo de un Técnico Especialista en Jardín de Infancia (TEJI) o educador por cada 16 alumnos menores de un año o fracción; un TEJI o educador por cada 26 alumnos entre uno y dos años o fracción y un TEJI o educador por cada 40 alumnos entre dos años y tres años o fracción, así como una persona de Servicios Doméstico.
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