
Hallado un hombre vinculado al radicalismo yihadista dormido en un cuartel de la Guardia Civil
Publicado 26 Mar 2026 10:12
El investigado tenía «determinados antecedentes que podían suponer indicios de un potencial riesgo para la seguridad nacional»
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha hecho pública esta semana una sentencia del Tribunal Supremo en torno a la investigación de un hombre que fue hallado dormido en el cuartel de la Guardia Civil de La Roda de Andalucía (Sevilla) tras saltar el muro que rodea el inmueble para poder acceder al mismo. Las primeras averiguaciones revelaron que se trataba de un varón «inestable mentalmente» que no suponía un riesgo para la seguridad nacional y «vinculado al radicalismo yihadista».
Según la sentencia, consultada por Europa Press, a las seis de la mañana del 17 de junio de 2025, un agente de la Guardia Civil «salía de su domicilio» cuando se encontró a una persona vestida con ropa paramilitar «tumbada en el rellano de las escaleras» del bloque de viviendas del acuartelamiento del Puesto de la Guardia Civil de La Roda de Andalucía (Sevilla), junto a la puerta de la vivienda de este agente.
Así, prosigue, «al acercarse al individuo, el agente observó que se encontraba dormido y con una mochila en la cabeza haciendo de almohada». Seguidamente, «lo despertó y lo condujo a dependencias oficiales donde, en presencia de otros dos agentes, se procedió a su registro e identificación».
Tal y como consta en el escrito, en su declaración, el individuo expresó que «tras haber tenido una disputa con un vecino de la localidad la noche anterior, buscó refugio en el cuartel de la Guardia Civil». Para acceder al mismo, «saltó el muro de la instalación, en la que se quedó a dormir», de ahí que apareciese en el referido emplazamiento. De hecho, consultada la base de Seguridad Ciudadana de la Guardia Civil, constaba que «se trataba de una persona inestable vinculada al radicalismo yihadista».
Finalmente, se levantó atestado en el que se instruyeron diligencias a este hombre por un presunto delito de atentado contra los medios o recursos de la seguridad o defensa nacional al, concreta el tribunal, «haber saltado el muro perimetral del acuartelamiento y accedido al interior de las instalaciones». En el investigado concurrían «determinados antecedentes y comportamientos que podían suponer indicios de un potencial riesgo para la seguridad nacional».
De hecho, el hombre tenía diversos antecedentes policiales por delitos de hurto, hurto de uso de vehículos, amenazas, lesiones, atentado contra agentes de la autoridad, así como varias infracciones por portar armas blancas en la vía pública y por tenencia de estupefacientes en la vía pública.
También se procedió al análisis de sus redes sociales, del que se desprendió que el investigado realizaba publicaciones en las que aparecía «con vestimenta paramilitar, muestra simbología islámica, posaba para las fotografías levantando el dedo índice de la mano derecha, en un gesto denominado en el entorno islámico como Tawhid». Esta último simboliza que ‘no hay más Dios que Alá’ y afirma la creencia monoteísta del Islam.
Así las cosas, «a vista de tales indicios, y para evitar cualquier riesgo grave a la seguridad nacional», se solicitó permiso para analizar la información almacenada en el dispositivo móvil del investigado para «profundizar en el análisis pericial», a través de estos referidos datos accesibles desde el dispositivo. Elaborado el informe técnico-pericial, se llegó a concluir que el hombre era «una persona inestable mentalmente pero que, a priori, no parece suponer un grave riesgo para la seguridad nacional».
Por el momento y según el fallo de la sentencia, será competencia de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Estepa, la plaza número uno en concreto, continuar con el conocimiento de la causa.
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