
Archivo – El exsecretario de Organización de Podemos y exdiputado de Unidas Podemos en el Congreso, Alberto Rodríguez.
Publicado 25 Feb 2025 11:41
Quiere los 21 meses de sueldo desde que se le retiró el escaño en aplicación de una sentencia del Supremo que después anuló el TC
MADRID, 25
La Mesa del Congreso ha decidido este martes remitir al Gobierno la indemnización de alrededor de 134.000 euros solicitada por el exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez por haber sido despojado de su escaño en octubre de 2021, en aplicación de una sentencia del Tribunal Supremo que después fue anulada por el Constitucional.
La decisión se ha adoptado teniendo en cuenta un informe de los letrados de la institución, que sostienen que «el órgano competente para conocer de la reclamación de responsabilidad patrimonial» planteada por el exdiputado «contra un acto parlamentario no normativo» es el Consejo de Ministros.
Los servicios jurídicos del Congreso sustentan esta afirmación en la doctrina del Tribunal Supremo y apuntan que, en consecuencia, la Mesa de la Cámara podría inadmitir la petición del exdiputado por «falta de competencia» para decidir al respecto.
Pero, según han precisado fuentes parlamentarias, el órgano de gobierno de la Cámara no ha inadmitido expresamente la solicitud, sino que la ha remitido al Moncloa por considerar que sería quien tendría que abonar esa indemnización a la que, a juicio de los letrados, Rodríguez tiene derecho.
21 MESES DE SUELDO
En concreto, el exdiputado reclama que se le abone la cantidad correspondiente a la retribución que dejó de percibir desde que fue apartado de su escaño hasta el final de aquella legislatura, un total de 21 meses. Rodríguez cobraba 6.144,64 euros al mes y por eso reclama alrededor de 134.000.
Unidas Podemos se negó a cubrir la vacante en su grupo parlamentario tras la salida forzada de Rodríguez, por lo que el Congreso nunca llegó a gastar el dinero que correspondería haber cobrado a su eventual sustituto.
Rodríguez recurrió en amparo ante el Constitucional la condena que le impuso el Supremo por haber propinado una patada a un policía durante una manifestación antes de ser elegido diputado. En enero de 2024, el Constitucional le dio la razón al entender que durante el proceso judicial se vulneraron sus derechos fundamentales.
FUE UN «SACRIFICIO DESPROPORCIONADO»
El Supremo había condenado a Rodríguez a la pena de prisión de un mes y 15 días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Y sustituyó la pena de prisión por una multa de 540 euros, si bien aclaró que este reemplazo de la pena principal no afectaba a la pena accesoria, que fue la que finalmente dio lugar a que Rodríguez perdiera su asiento en el Congreso de los Diputados.
El TC concluyó que la operación jurídica que hizo el Supremo fue incorrecta porque al sustituir la pena de cárcel por multa ya no era posible mantener la pena accesoria, esto es, la inhabilitación. Para el máximo intérprete de la Constitución, al mantener la inhabilitación como pena accesoria, el Supremo se apartó del principio constitucional de proporcionalidad «por implicar un desproporcionado sacrificio que produce un patente derroche inútil de coacción».
Por eso, TC anuló la condena a cárcel e inhabilitación y dejó únicamente la de multa, aunque sin consecuencias prácticas, puesto que la sanción ya se había pagado y la inhabilitación se había cumplido con su salida del Congreso.
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