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Publicado 17 Dec 2025 19:33
MADRID/TOLEDO 17 Dic. –
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha publicado la segunda resolución parcial definitiva correspondiente a la convocatoria del Programa 2% Cultural de 2023, por la que se destinan cerca de 17 millones de euros a la recuperación de 24 bienes y monumentos del Patrimonio Histórico.
Esta segunda resolución beneficia al Patrimonio Cultural, situado en diez comunidades autónomas, con la siguiente distribución económica: Andalucía, 5,11 millones de euros; Aragón, 679.257,79 euros; Illes Balears, 548.428,34 euros; Castilla-La Mancha, 1,76 millones de euros; Castilla y León, 2,25 millones de euros; Cataluña, 4,33 millones de euros; Comunitat Valenciana, 168.050,75 euros; Extremadura, 73.000 euros; Región de Murcia, 599.496,11 euros; y La Rioja, 1,39 millones de euros.
La recuperación de estos 24 inmuebles, ubicados en diez comunidades autónomas, se suma a las 1.249 actuaciones ya financiadas a través de este programa, que el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana gestiona conjuntamente con los ministerios de Transportes y Movilidad Sostenible y de Cultura, así como a los 57 proyectos aprobados recientemente en la primera resolución parcial definitiva de esta misma convocatoria, lo que hace un total de 1.330 de intervenciones financiadas por el Programa 2% Cultural hasta la fecha.
En total, la Administración General del Estado ha invertido más de 756 millones de euros en la recuperación del patrimonio a través del Programa de ayudas del 2% Cultural.
Tras la aprobación de la resolución provisional el 21 de diciembre de 2024, el procedimiento de concesión de ayudas ha continuado su tramitación, lo que ha permitido aprobar la primera y la segunda resolución parcial definitiva. En ellas se recogen los proyectos que han cumplido los requisitos establecidos y han aportado en plazo la documentación obligatoria prevista en el artículo 8.7 de la Orden FOM/1932/2014, por la que se aprueban las bases reguladoras.
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana efectuará un pago anticipado para cada una de las actuaciones durante el ejercicio 2025, por el importe recogido en el listado, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la citada Orden FOM/1932/2014.
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