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Publicado 4 Nov 2026 10:31
TOLEDO 4 Nov. –
La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital ha emitido una resolución por la que se establecen los servicios mínimos en determinados sectores de actividad prestados mediante gestión directa por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante la huelga general convocada para el día 11 de noviembre próximo.
El texto, publicado este miércoles en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recogido por Europa Press, recuerda que Por las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras, de la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores e Intersindical, entre otras, se ha convocado una huelga general que se desarrollará durante toda la jornada del día 11 de noviembre de 2026.
Además, en varias convocatorias se especifica que la huelga incluye el turno anterior a las 00:00 horas del día 11 de noviembre y el turno que se inicie dicho día y finalice al día siguiente.
Según la Consejería, para el establecimiento de los servicios mínimos en esta huelga se ha tenido en cuenta en primer lugar su duración, que se extiende mediante paros totales durante toda la jornada.
Asimismo, se ha considerado el concreto servicio que se presta en cada caso, los servicios mínimos fijados en anteriores huelgas comparables, así como los informes recabados de las distintas consejerías y organismos autónomos, emitidos específicamente para la misma, teniendo en cuenta en todo caso el justo equilibrio entre el ejercicio del derecho de huelga y la protección de otros derechos prioritarios constitucionalmente protegidos.
En materia de Protección Civil resulta «imprescindible» establecer servicios mínimos para atender el operativo de protección civil que, en su caso, pudiera ponerse en marcha para hacer frente a las situaciones de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria que puedan surgir en Castilla-La Mancha, con el fin de evitar y minimizar las pérdidas de vidas humanas y bienes materiales.
Los servicios mínimos en materia de registro de documentos e información persiguen no impedir a la ciudadanía el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos sujetos a plazo.
EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS
Así, para posibilitar en todo caso la apertura y cierre de los edificios-sedes administrativas de los servicios centrales y provinciales de las consejerías u organismos autónomos, el ejercicio de la libertad de trabajo en el día fijado para la huelga de quienes prestan sus servicios en ellos, así como el control horario y de asistencia, y el mantenimiento, conservación y orden básico de dichas instalaciones, se establece como servicio mínimo a una persona de las unidades de personal de cada uno de dichos edificios.
En el resto de los centros de trabajo que tengan ubicación independiente y donde no esté prevista la asistencia de otro personal.
En todo caso, se pretende garantizar, por un lado, la apertura y cierre de los centros de trabajo al objeto de garantizar también que el propio personal pueda ejercer su libertad y derecho al trabajo en el día fijado para la huelga, y, por otro lado, el mantenimiento, conservación y orden mínimo de las instalaciones y edificios en los que se desenvuelve la gestión de los servicios públicos, lo que implica asegurar en condiciones mínimas la realización de las actuaciones necesarias que permitan la conservación de unas y otros.
Los servicios mínimos en instalaciones y seguridad industrial contarán con el mínimo imprescindible en relación con la seguridad y protección de las personas, bienes y patrimonios y al objeto de preservar, entre otros, los derechos de libertad de circulación de personas por vías públicas y el de seguridad pública derivada de posibles catástrofes.
Los servicios mínimos de seguridad en obras públicas en el ámbito de la red viaria autonómica pretenden garantizar la atención inmediata de las incidencias y emergencias que se producen en la red de carreteras de titularidad autonómica. Estos servicios y la composición del personal son los que se vienen prestando en los periodos festivos y después del horario de trabajo en los días laborables.
CENTROS CON ANIMALES VIVOS
Respecto a los centros con animales vivos y viveros, se ha tenido en cuenta que en cada uno de los centros con seres vivos es necesaria la presencia de, al menos, una persona que atienda el mantenimiento mínimo, incluida la alimentación, e incidencias y emergencias que puedan ocurrir, hechos que tendrían especial relevancia si por su causa se pudieran producir en estos centros mortandades de imposible reparación.
Asimismo, en los centros de recuperación de fauna es necesario también la presencia de una persona que atienda las posibles urgencias de los animales, tanto de los existentes en estos centros como de los que puedan ser llevados por distintas causas para su curación.
Los servicios mínimos de prestación asistencial pretenden garantizar un mínimo imprescindible en la atención especializada que se debe prestar por mandato de los artículos 49 y 50 de la Constitución.
Los servicios mínimos para la red de laboratorios de salud pública de Castilla-La Mancha obedecen al tipo de actividad que realizan, que incluye analíticas de rutina y no programadas, cuyos procesos, una vez iniciados, no pueden interrumpirse sin comprometer su validez o generar perjuicios irreversibles.
En materia de conservación y vigilancia del patrimonio cultural los servicios mínimos pretenden garantizar la conservación y vigilancia del patrimonio histórico-artístico, contando con el mínimo imprescindible en las bibliotecas públicas, museos provinciales y en los archivos históricos para el control de la actividad esencial del centro y la vigilancia y control de los accesos.
Los servicios mínimos en prevención de riesgos laborales se establecen para atender casos urgentes e inaplazables, como consecuencia de su participación, y necesidad de presencia inmediata, en la investigación de accidentes laborales graves, muy graves o múltiples que puedan acontecer, de acuerdo con la normativa aplicable.
En el Albergue Juvenil San Servando resulta necesario establecer el personal mínimo imprescindible en los turnos de mañana y tarde, para garantizar el acceso al centro, el mantenimiento, conservación y orden mínimo de las instalaciones, así como el personal mínimo imprescindible de cocina y limpieza, para posibilitar el servicio de comedor y el mantenimiento de las condiciones higiénicas en sus mínimos posibles.
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