
Aprobadas en mesa sectorial las medidas para incentivar la ocupación de plazas de difícil cobertura en el Sescam
Publicado 21 Nov 2025 13:36

La Mesa Sectorial de la Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) ha aprobado este viernes el pacto que permitirá establecer una serie de medidas extraordinarias para incentivar la ocupación de plazas de difícil cobertura en el ámbito del sistema sanitario público regional, con el objetivo de que resulten más atractivas para los profesionales.
Según recoge el documento, que ha sido aprobado con el respaldo del 87 por ciento de los miembros de la Mesa Sectorial, se considerarán plazas de difícil cobertura las que cumplan al menos dos de los siguientes requisitos, como son, por un lado, que exista un desajuste de personal entre los efectivos reales prestando servicios y la dotación de plantilla orgánica; aquellas plazas que permanezcan vacantes sin cobertura al menos tres meses continuados en los últimos doce meses; que resulte difícil la cobertura de estas plazas mediante los sistemas de selección o provisión ordinarios y en particular mediante el sistema de selección temporal previsto en el Pacto sobre Selección de Personal Temporal del Sescam; y aquellas que se hallen en zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación según lo establecido en la Ley de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
El pacto se aplicará a determinadas categorías de personal médico y de enfermería que ocupen plazas de difícil cobertura en los centros de Atención Primaria que se identifiquen, así como en los centros hospitalarios de las Gerencias de Atención Integrada de Almansa, Hellín, Manzanares, Puertollano, Tomelloso, Valdepeñas y Villarrobledo, según ha informado la Junta en nota de prensa.
Una vez determinadas qué plazas adquieren la condición de difícil cobertura, su calificación se revisará anualmente, salvo que se considere que han variado las circunstancias que motivaron su declaración, en cuyo caso se revisarán en un plazo inferior.
Se podrán incorporar nuevas plazas de difícil cobertura de otras categorías y centros siempre y cuando cumplan los requisitos mencionados anteriormente y así lo acuerde la comisión de seguimiento del pacto.
Entre las medidas extraordinarias que se recogen en este pacto para favorecer la ocupación de estas plazas de difícil cobertura se encuentra la posibilidad de efectuar la selección del personal estatutario fijo de estas plazas a través del sistema de concurso, es decir, mediante la valoración con arreglo a baremo de los aspectos más significativos de los correspondientes currículos.
Para adquirir la condición de personal estatutario fijo, el personal seleccionado mediante concurso deberá incorporarse de manera efectiva y permanente al servicio activo en el destino adjudicado.
Estos profesionales podrán participar en concursos de traslados de su categoría o especialidad o en sistemas de promoción interna o provisión de plazas cuando cumplan los requisitos comunes y acrediten dos años de permanencia en la situación de servicio activo en el centro elegido y adjudicado como destino del concurso.
Por otra parte, los servicios prestados en las plazas de difícil cobertura computarán el doble de la puntuación que se establezca, con carácter general, por cada mes de servicios prestados en otro tipo de plazas, tanto en los procesos selectivos como en los concursos de traslados convocados por el Sescam.
El personal temporal que ocupe plazas de difícil cobertura podrá renunciar a su nombramiento sin penalización tras su desempeño durante dos años continuados y los servicios prestados durante ese periodo computarán el doble de la puntuación que se establezca con carácter general por cada mes de servicios prestados en otro tipo de plazas.
Otras de las medidas extraordinarias incluidas en el pacto hacen referencia a la promoción, por parte del Sescam, de la formación continuada del personal que ocupe las plazas de difícil cobertura, priorizando su participación en los cursos que se convoquen, otorgando prioridad 1 en el criterio correspondiente a la relación jurídica de las personas solicitantes. Estos profesionales tendrán acceso anualmente a programas formativos específicos diseñados para ellos.
Además, y con el fin de facilitar las condiciones de trabajo y la prestación asistencial en estas plazas, se impulsará su participación en proyectos piloto y de investigación. Asimismo, podrán realizar actividades formativas dentro de su jornada laboral, hasta un máximo de una jornada al mes, siempre que quede garantizada la actividad asistencial.
Asimismo, a los profesionales que ocupen plazas de difícil cobertura y lo soliciten, se les autorizará la permanencia en la misma una vez que hayan alcanzado la edad legal de jubilación, siempre que quede acreditado que reúne la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión o desarrollar las actividades correspondientes a su nombramiento y presente un adecuado desempeño profesional.
Por último, el pacto incluye una serie de medidas de incentivación económica por la prestación de servicios en las plazas de difícil cobertura a través del reconocimiento de un complemento retributivo específico periódico, de conformidad con lo establecido en la normativa presupuestaria y el resto de normativa que le resulte de aplicación y que se irá actualizando y modificando conforme a dicha normativa.
En los procedimientos de selección o de provisión que se convoquen a partir del 1 de enero de 2026 se tendrá en cuenta el baremo de méritos establecido en este pacto de las personas que ocupen las plazas de difícil cobertura desde el 1 de enero de 2025.
Para el seguimiento del pacto se creará una comisión como máximo órgano de interpretación, vigilancia y control de aplicación del mismo, en la que se determinarán las plazas de difícil cobertura.
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