
Archivo – Sede de la Audiencia Provincial de Toledo.
Publicado 6 Dec 2024 10:09
TOLEDO, 6
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo va a juzgar el próximo miércoles 11 de diciembre a E.R.A.M., acusada de un delito continuado de estafa por apropiarse de dinero de M.M.L., un hombre con una disfunción cerebral al que cuidaba, en cantidades que la víctima no le había autorizado que ascienden a unos 45.000 euros.
Tal y como señala la Fiscalía en su escrito, M.M.L sufrió un accidente de tráfico a los veinte años de edad que le provocó una disfunción cerebral que le ha generado que no haya salido de su domicilio durante muchos años, sin tener apenas contacto con el exterior ni relaciones sociales de ningún tipo.
En este contexto, a primeros de septiembre del año 2011, contactó a través de un medio desconocido con la acusada E.R.A.M., a fin de que la misma prestara sus servicios en su domicilio, cuidando de M.M.L –que vivía solo– y realizando las labores domésticas necesarias en el domicilio.
Como M.M.L. nunca salía de su domicilio, autorizó a la acusada a efectuar ciertas extracciones de dinero de su cuenta corriente operando a través del cajero automático con la tarjeta de crédito o la libreta de la que era titular, para lo que le facilitó el número PIN y claves necesarias, si bien tal autorización se limitaba en exclusiva a retirar el importe del sueldo pactado de 600 euros que la acusada tendría que extraer mensualmente, así como los gastos personales y de alimentación de M.M.L. o de otra naturaleza derivados estrictamente del desempeño de las labores domésticas atribuidas a la acusada en el domicilio.
La acusada, guiada del ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento patrimonial, siendo conocedora de la enfermedad que padecía M.M.L., aprovechándose de su sugestionabilidad y de su fobia a abandonar el domicilio así como de la confianza que el mismo tenía depositada en ella, en base a la relación que les unía decidió integrar en su patrimonio una importante cantidad de dinero propiedad de M.M.L. y para lo que en ningún caso había sido autorizada.
Para ello, aprovechando que disponía de la tarjeta o libreta de M.M.L. con total libertad, comenzó a operar con las mismas en el cajero automático, realizando extracciones dinerarias periódicas sin autorización ni conocimiento de M.M.L. y que eran destinadas a fines e intereses particulares de la acusada o sus familiares, sin que la víctima llegara a sospechar nada.
Tal y como señala la Fiscalía, llegaba incluso a transferir cantidades dinerarias procedentes de fondos de inversión que le pertenecían a la cuenta corriente del mismo para poder, de este modo, disponer de más capacidad económica, además de utilizar la tarjeta de crédito para realizar compras en comercios o restaurantes en ocasiones puntuales.
Dicha situación se prolongó hasta el mes de febrero de 2019, en que dejó de prestar sus servicios en el domicilio de M.M.L. por la intervención de los familiares del mismo.
La acusada, con la conducta descrita, logró apoderarse progresivamente a lo largo del periodo de tiempo en que prestó a M.M.L. sus servicios domésticos, de una cantidad aproximada de 45.000 euros, cantidad que no ha devuelto a su legítimo titular.
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