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Publicado 12 Jun 2026 18:56
MADRID/TOLEDO 12 Jun. –
La Comunidad de Madrid limitará desde el próximo lunes día 15 la expedición de la Tarjeta de Transporte Público Personal (TTP) a personas que estén empadronadas en la región y algunas poblaciones de Castilla-La Mancha y Castilla y León.
Así figura en un reciente anuncio del Consorcio Regional de Transportes Público Regular de Madrid (CRTM) sobre nuevas instrucciones acerca de los requisitos de residencia para la expedición de la Tarjeta de Transporte Público Personal (TTP-personal), publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Esta medida, que entrará en vigor desde el próximo día 15, afecta a la expedición de las TTP-personales, «tanto las nuevas como sus duplicados». En cualquier caso, no tendrá carácter retroactivo, han indicado a Europa Press fuentes del Ejecutivo regional.
La TTP, que es intransferible –en ella figuran impresos el nombre y un número de identificación de la tarjeta, además de la fotografía del titular–, está dirigida a todos los usuarios en general y es la opción estándar para los usuarios que superan los 7 años.
Este tipo de tarjetas son imprescindibles para cargar billetes vinculados a una persona concreta, como pueden ser los abonos 30 días, o bien para beneficiarse de algún descuento por edad, familia numerosa o discapacidad. También permiten cargar billetes no personales.
Con la entrada en vigor desde el próximo lunes, su expedición quedará supeditada a la acreditación de la condición de residente en un municipio de la Comunidad de Madrid o en alguno de los municipios integrados en las zonas tarifarias E1 y E2, así como en aquellos municipios expresamente previstos en el convenio vigente suscrito con Castilla-La Mancha.
Respecto de Castilla y León, desde el organismo de coordinación de la red de transportes madrileñas se aclara que serán válidos en los municipios incluidos en los convenios vigentes suscritos con esa comunidad autónoma. La relación completa de municipios incluidos se encuentra disponible en la página web institucional del Consorcio Regional de Transportes de Madrid ( https://www.crtm.es/ ).
Según explica el Gobierno regional, la condición de residente se acreditará mediante certificado de empadronamiento en vigor en la que refleje la residencia del solicitante en alguno de estos municipios. El solicitante deberá aportarlo o autorizar su consulta, en su caso.
Con carácter excepcional, «por motivos tecnológicos y mientras resulte estrictamente necesario para garantizar la correcta aplicación de los beneficios legalmente reconocidos a las familias numerosas», se mantendrá la posibilidad de expedición de la Tarjeta de Transporte Público Personal para los titulares de título acreditativo de familia numerosa.
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