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Publicado 30 Jul 2026 18:17

· Fuente: Europa Press
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MADRID/TOLEDO 30 Jul. –

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha presentado este jueves a los sindicatos la reforma de los reales decretos de requisitos mínimos de los colegios, que incluyen la adecuación de la climatización para el confort térmico, con criterios de eficiencia energética y adaptación a las consecuencias del cambio climático.

El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, establece que los centros docentes deberán disponer de procedimientos específicos de actuación para su activación ante fenómenos de temperaturas extremas o riesgos climáticos, en los que se incluirán, entre otras medidas, las indicaciones sobre la reorganización de tiempos o espacios, la reducción o adecuación de las actividades físicas o en el exterior, y la especial atención al alumnado de menor edad o en situación de vulnerabilidad.

Los colegios deberán organizar actividades según los principios de la cultura de la sostenibilidad ambiental, así como promocionar su relación con su medio natural en coordinación con las instituciones y organizaciones de su entorno.

Considerando el carácter específico de las escuelas rurales y las características propias de los contextos en los que ofrecen la prestación del servicio educativo, la propuesta de Educación recoge que las administraciones educativas «planificarán y aplicarán programas y actuaciones específicamente dirigidas a promover la igualdad efectiva en la escolarización y a garantizar la equidad en relación con el acceso a todas las oportunidades educativas».

Asimismo, con la finalidad de favorecer el mantenimiento y la continuidad de las unidades escolares y de los centros docentes en los territorios rurales, establece que las administraciones educativas aplicarán criterios cualitativos relacionados con los beneficios que aportan estos centros a las comunidades de dichos territorios.

Entre dichos criterios se considerarán los relativos al enriquecimiento y dinamización cultural de las poblaciones, a la transmisión del conocimiento y la conservación de las tradiciones populares, al cuidado del entorno natural y la conservación del patrimonio lingüístico e inmaterial propio, a su contribución al incremento de la cohesión social y la diversidad generacional, y a los positivos efectos demográficos y de permanencia de la población en estos territorios.

Con la finalidad de favorecer la permanencia en el sistema educativo del alumnado de las zonas rurales, el Ministerio propone que las Administraciones educativas adapten los números máximos de alumnos por unidad escolar y las relaciones numéricas alumnado-profesor establecidas en el real decreto a las peculiaridades de su entorno educativo.

Asimismo, con el objetivo de garantizar la calidad de la prestación del servicio educativo en los centros rurales, añade que las administraciones educativas les proporcionarán los medios y sistemas organizativos necesarios para atender a sus necesidades entre los que se contarán, al menos, los relativos a los recursos humanos suficientes y la conectividad y recursos educativos digitales.

Por otro lado, el borrador de real decreto introduce en Formación Profesional una ratio máxima de 25 alumnos por profesor en Grado Medio, Grado Superior y Cursos de Especialización, y de 15 en Grado Básico, para las ofertas con aulas-taller y laboratorios, a alcanzar en el curso 2028-2029.


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