
CCOO y UGT celebran la aprobación de medidas urgentes de protección laboral por los incendios
Publicado 28 Jul 2026 15:58
TOLEDO 28 Jul. –
Comisiones Obreras y UGT de Castilla-La Mancha celebran las medidas urgentes de protección laboral que el Gobierno ha aprobado este martes en Consejo de Ministros para proteger a las personas trabajadoras que se están viendo afectadas por los graves incendios que asolan el país y la comunidad autónoma.
Según informa CCOO, el secretario regional de Empleo, Formación y Migraciones, Juan Carlos del Puerto, señala que el Real Decreto-Ley aprobado este martes contempla «medidas necesarias para hacer frente a la crisis generada por los incendios, la principal que afecta a los trabajadores y trabajadoras es el acceso a una prestación contributiva ante la posible falta de ingresos, así como diferentes estímulos para que no repercuta en el empleo».
Ante este tipo de fenómenos que cada vez son más frecuentes, CCOO apuesta por «abordar estas crisis en un marco más amplio, dentro del diálogo social, en un Pacto de Estado que dote de suficientes recursos públicos y que se anticipe a estas situaciones y que, sobre todo, no deje a nadie atrás», afirma Del Puerto.
Ante esta situación de emergencia, para CCOO lo prioritario es proteger a las personas, su salud y su vida, así como proteger el empleo y el tejido productivo. Además, el sindicato incide en la necesidad de reforzar un compromiso político y social amplio que permita avanzar en medidas de mitigación, adaptación, recuperación y reparación ante unos fenómenos climáticos extremos cada vez más frecuentes.
«España debería reflexionar global, serena y socialmente sobre la situación de presente y de futuro a la que se enfrenta como consecuencia del cambio climático. Su situación geográfica provocará que sea uno de los países más afectados por este fenómeno. Los llamados ‘fenómenos meteorológicos adversos’, entre los que se incluyen incendios, olas de calor, sequías o DANA han pasado de ser fenómenos ocasionales a convertirse en estructurales».
Considera el sindicato que los fenómenos que marcan lo económico, las condiciones laborales, los desplazamientos, el tiempo libre o la calidad de vida, «exigen una intervención política responsable e integrada».
Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha pone a disposición de las personas trabajadoras sus servicios de asesoramiento sindical y laboral para resolver las dudas que les puedan surgir ante la situación generada por los incendios y para garantizar el ejercicio de los derechos que les asisten por el impacto de éstos sobre su actividad laboral.
UGT CELEBRA LAS MEDIDAS
De igual modo, UGT Castilla-La Mancha considera positivas las medidas urgentes en Consejo de Ministros para la protección laboral y social de las personas trabajadoras afectadas por los incendios forestales, «una norma fruto del diálogo social que da respuesta a las propuestas trasladadas por las organizaciones sindicales».
En virtud de este texto, informa el sindicato, las personas trabajadoras, ya sean asalariadas o autónomas, que han sufrido graves pérdidas por los incendios forestales –la pérdida o el deterioro de su vivienda, evacuaciones, restricciones de acceso o confinamientos– van a disponer de un nuevo derecho que les permitirá suspender su contrato de trabajo, hasta un máximo de cuatro meses, percibiendo durante ese tiempo una prestación pública de cuantía similar a la prestación contributiva por desempleo.
Esta prestación extraordinaria por emergencia extrema no exigirá periodo mínimo de cotización y, muy importante, no consumirá desempleo: el tiempo de percepción no supondrá, a ningún efecto, el consumo de las cotizaciones previamente efectuadas.
De este modo, las personas afectadas podrán dedicarse a paliar los efectos de los incendios en sus vidas –recuperar sus enseres, acondicionar sus viviendas, realizar los trámites imprescindibles o atender el cuidado de sus familiares– sin perder su empleo ni su protección social.
Superada la situación de emergencia, las personas trabajadoras se reintegrarán a sus puestos de trabajo en las mismas condiciones, sin que puedan sufrir represalia alguna por el ejercicio de este derecho: la norma califica expresamente como nula cualquier medida desfavorable derivada de su ejercicio y garantiza su tutela judicial por el procedimiento preferente propio de los derechos de conciliación.
Las personas trabajadoras autónomas afectadas podrán acceder a la prestación por cese de actividad sin necesidad de acreditar la fuerza mayor, dándose por cumplido el periodo mínimo de cotización, y sin que su percepción consuma los periodos máximos de la prestación ordinaria.
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