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Publicado 28 Jul 2025 08:17

TOLEDO 28 Jul. –

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente por la cual entran en vigor ese mismo lunes las excepciones a las prohibiciones de cosecha en días de riesgo alto de incendio, de manera que podrá trabajarse en el campo durante estas jornadas exceptuando solo las horas centrales del día y siempre con un tractor disponible que pueda servir para acotar un hipotético fuego.

Según la Resolución, recogida por Europa Press, se matiza uno de los puntos de la normativa precedente, el que prohibía utilizar maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas.

Como ha explicado el viceconsejero de Medio Ambiente, José Almodóvar, «la flexibilización de las medidas ha sido fruto de las conversaciones y del consenso alcanzado entre las diferentes organizaciones agrarias y la Consejería», de manera que se ha decidido establecer la posibilidad de llevar a cabo dicha actividad siempre que se cumplan, entre otras, la condición de suspender la actividad de cosecha y empacado de cereal en el periodo horario comprendido entre las 13.00 y 18.00 horas, coincidiendo con las horas de mayor riesgo de incendio.

Otro aspecto versa sobre que el inicio de las labores de cosechado, la primera pasada será por el perímetro de la parcela seguida de un pase de cultivador de igual anchura, con el objeto de reducir el riesgo de que un eventual incendio pueda propagarse fuera de sus límites.

También se debe contar con la disposición de un tractor operado por otra persona y equipado con apero de laboreo, tipo cultivador, grada, arado o chisel, con el objeto de hacer una faja en caso de originarse un conato de incendio para evitar su propagación.

Esta persona actuará de observador de los trabajos y estará atento a las pasadas de la cosechadora para poder llamar al 112 y proceder a la extinción de un posible conato.

Asimismo, habrá disposición de un vehículo con un depósito de al menos 400 litros de agua y equipo de impulsión de agua con manguera con una longitud mínima de 25 metros para atacar el posible conato de incendio forestal.

«Esta situación, como se nos ha manifestado, afectaba de lleno a muchas explotaciones agrícolas y podía generar importantes desajustes en la planificación de éstas durante los próximos días y semanas hasta completar esta actividad, generando importantes pérdidas económicas. Por lo que esta solución permite alinear los intereses de todas las partes implicadas», ha dicho el viceconsejero.

Además de la actividad de cosechado y empacado, se permiten la cosecha de leguminosas, papaveráceas, plantas aromáticas, oleaginosas y forrajeras en verde; laboreos y movimientos de tierra para realizar las fajas perimetrales de protección en labores de cosechado; las armas de fuego para la caza, de acuerdo con lo establecido en la normativa cinegética; o la maquinaria y herramientas empleadas en la prevención de incendios, cuando se trate de actuaciones necesarias para la extinción de incendios.

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