Art. 29.7 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha: 7. Al Cuerpo de Gestión de Servicios Sociales le corresponde el desempeño de funciones técnicas en áreas de asistencia directa a menores, a personas de la tercera edad y a personas con discapacidad, y en materia de intervención, a través de programas de actuación, en el sector de la mujer, personas emigrantes y minorías étnicas.
Proporcionar cuidados básicos y apoyo directo a los usuarios/as, encargándose de su higiene, alimentación, movilización y confort, además de asistir al personal de enfermería los