
CASTILLA LA MANCHA.-Vivienda concede ayudas por 2,02 millones para recuperar inmuebles y monumentos de Patrimonio Histórico en C-LM
Publicado 18 Nov 2025 19:03
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha publicado la Primera Resolución Parcial Definitiva correspondiente a la convocatoria del Programa 2 por ciento Cultural de 2023, por la cual se destinarán 49 millones de euros a la recuperación de 57 inmuebles y monumentos de Patrimonio Histórico.
La recuperación de estos inmuebles, ubicados en doce comunidades autónomas y Melilla, se suma a los 1.237 proyectos que ya se han recuperado mediante este programa, que Vivienda cogestiona con los ministerios de Transportes y Movilidad Sostenible y Cultura.
En total, la Administración General del Estado ha invertido más de 756 millones de euros en la recuperación del patrimonio a través del Programa de ayudas del 2 por ciento Cultural.
Tras la aprobación de la Resolución Provisional, el pasado 21 de diciembre de 2024, el procedimiento de concesión de ayudas ha continuado permitiendo aprobar la Primera Resolución Parcial Definitiva que recoge aquellos proyectos que han cumplido con los requisitos establecidos, aportando en plazo la documentación obligatoria recogida en el artículo 8.7 de la Orden FOM 1932/2014, por la que se aprueban las bases reguladoras.
Esta primera resolución beneficia al Patrimonio Cultural repartido en doce comunidades autónomas y Melilla, con la siguiente distribución económica: Andalucía, 8,83 millones de euros; Aragón, 2,52 millones de euros; Castilla-La Mancha, 2,02 millones de euros; Castilla y León, 4,92 millones de euros; Cataluña, 11,04 millones de euros; Comunitat Valenciana, 4,95 millones de euros; Madrid, 218.160 euros; Extremadura, 2,67 millones de euros; Galicia, 4,27 millones de euros; Euskadi, 2,93 millones de euros; Región de Murcia, 4.51 millones de euros; La Rioja 393.363 euros y Melilla, 560.860 euros.
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana realizará de forma anticipada un pago con destino a cada una de las actuaciones, durante el ejercicio 2025, por el importe recogido en el listado, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la mencionada Orden FOM 1932/2014.
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