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Publicado 25 Dec 2025 11:01
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 11 años y 11 meses de cárcel a una mujer que ofreció a su hija menor de edad para mantuviera relaciones sexuales a cambio de dinero y 10 años de prisión para el hombre que pagó por ello.
Así lo expone la Sala de lo Penal en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el alto tribunal desestima los recursos presentados por ambos contra las condenas que les impuso el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM).
El TSJCLM, además de cárcel, le impuso a la madre 10 años de libertad vigilada y la prohibición de acercarse a su hija durante 18 años por sendos delitos de agresión sexual –por el que también condenó al hombre– y corrupción de menores.
Según el TS, los hechos ocurrieron a partir de 2020, cuando el hombre mantuvo por primera vez relaciones sexuales con la víctima «a sabiendas de que contaba con 13 años de edad» entonces, y llegó a pagar hasta 6.000 euros a la madre para ello.
Esto se repitió en otras ocasiones en los dos años siguientes. El hombre entregó unas cantidades de 1.000, 20, 50 y 200 euros por esto, tanto a la madre como a la hija, tal y como consta en la sentencia.
El Supremo confirma la condena del TSJCLM al estimar que la sentencia recurrida motiva «la culpabilidad» de la madre, teniendo en cuenta las «declaraciones extrajudiciales de la menor aportadas en soporte videográfico» y ratificadas «por quienes estaban presentes cuando las expresa».
Se refiere a que una de las personas presentes en una conversación grabada a la víctima declaró como testigo en el juicio «que la menor le contó los hechos tras una expresión que dijo de forma espontánea tras una discusión con su madre, ofreciendo un relato que es coincidente con el que se refleja en el vídeo que ella misma grabó».
Además, otra vecina testificó que, tras la conversación grabada, llamó a la madre y «le recriminó que estuviera prostituyendo a su hija y que ella lo reconoció».
Los magistrados consideran clave esos testimonios contra la acusada, que «reconoce que estaba prostituyendo a su hija y había vendido su virginidad», así como «los propios recibos firmados indicativos de esa entrega de la hija al coacusado para mantener relaciones sexuales, firmados por madre e hija».
El alto tribunal señala que la mujer estuvo diagnosticada de trastorno ansioso depresivo derivado de las situaciones de violencia de género que había sufrido pero que, en cualquier caso, «no es una patología de la que pueda deducirse, sin más prueba, que le había impedido comprender la ilicitud del comportamiento que estaba llevando a cabo con su hija».
Según recoge la sentencia, la madre «no solo no hacía nada por impedir que el acusado mantuviese relaciones sexuales con la menor, sino que las autorizaba y prestaba a su hija para satisfacer las apetencias sexuales del acusado».
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