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Publicado 17 Feb 2026 11:25

· Fuente: Europa Press
¿Poco tiempo? Te resumimos esta noticia y aclaramos las dudas más habituales en un vistazo.

En concreto, se rebaja de 35 a un mínimo de 5 las jornadas reales cotizadas para que los trabajadores agrarios cobren el subsidio

El Ministerio de Trabajo ha puesto en marcha un plan de empleo por valor de 50 millones de euros para los ayuntamientos afectados por las inundaciones en el marco del Real Decreto-ley, aprobado este martes por el Consejo de Ministros, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por las últimas borrascas.

Así, según ha informado el Departamento que dirige Yolanda Díaz, para afrontar las tareas laborales de reconstrucción de las zonas dañadas por las borrascas Leonardo y Marta, se aprueba la concesión directa por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de subvenciones destinadas a financiar la contratación por las corporaciones locales afectadas de personas desempleadas en el marco del programa de inserción laboral a través de obras o servicios de interés general y social.

Además, se reduce de 35 a un mínimo de 5 jornadas reales cotizadas en los últimos doce meses naturales el acceso al subsidio por desempleo a los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual que, en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley, estén incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios y residan o tengan su lugar de trabajo en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los trabajadores de empresas y las personas socias trabajadoras o de trabajo de Cooperativas incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, afectados por los daños ocasionados por las borrascas Leonardo y Marta, tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor.

Cuando la prestación laboral propia del servicio del hogar familiar no pueda realizarse total o parcialmente, con carácter temporal y con motivo de la situación derivada de las borrascas Leonardo y Marta, procederá la suspensión total o parcial del contrato de trabajo o la reducción de la jornada.

Los trabajadores afectados tendrán, además, derecho a acceder a la prestación contributiva por desempleo sin necesidad de cotización ni carencia previa.


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