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Publicado 17 Feb 2026 16:15
En concreto, se rebaja de 35 a un mínimo de 5 las jornadas reales cotizadas para que los trabajadores agrarios cobren el subsidio
El Ministerio de Trabajo ha puesto en marcha un plan de empleo por valor de 50 millones de euros para los ayuntamientos afectados por las inundaciones en el marco del Real Decreto-ley, aprobado este martes por el Consejo de Ministros, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por las últimas borrascas.
Así, según ha informado el Departamento que dirige Yolanda Díaz, para afrontar las tareas laborales de reconstrucción de las zonas dañadas por las borrascas Leonardo y Marta se aprueba la concesión directa por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de subvenciones destinadas a financiar la contratación por las corporaciones locales afectadas de personas desempleadas en el marco del programa de inserción laboral a través de obras o servicios de interés general y social.
Además, se reduce de 35 a un mínimo de 5 jornadas reales cotizadas en los últimos doce meses naturales el acceso al subsidio por desempleo a los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual que, en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley, estén incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios y residan o tengan su lugar de trabajo en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Al haber provocado estas borrascas daños significativos en explotaciones agrícolas, infraestructuras agrarias y terrenos de cultivo, los trabajadores de empresas y las personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor.
En este contexto, las empresas se podrán acoger a los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor. Cuando estas medidas temporales se adopten por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) relacionados con las borrascas Leonardo o Marta, los trabajadores se beneficiarán del régimen especial de la prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor.
Así, no se requerirá periodo de carencia para el reconocimiento de la prestación, su disfrute no implicará el consumo de cotización y la cuantía se obtendrá de aplicar a la base reguladora un porcentaje del 70%.
En el procedimiento para acceder a suspensiones de contrato y reducciones de jornada por fuerza mayor, los informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social serán potestativos.
No obstante, para salvaguardar la seguridad, esta circunstancia no afectará a la comprobación posterior de los requisitos legalmente establecidos, como la justificación suficiente de las medidas solicitadas, ha explicado el Ministerio de Trabajo en un comunicado.
Cuando la prestación laboral propia del servicio del hogar familiar no pueda realizarse total o parcialmente, con carácter temporal y con motivo de la situación derivada de las borrascas Leonardo y Marta, procederá la suspensión total o parcial del contrato de trabajo o la reducción de la jornada.
En este caso, tampoco será necesario periodo de carencia, no se consumirán periodos cotizados y la cuantía de la prestación será del 70% de la base reguladora.
«Con esta medida se extiende la protección a un colectivo vulnerable y se permite que las personas trabajadoras del hogar accedan a prestaciones de desempleo en unas condiciones que respondan de manera justa a la situación que atraviesan», subraya el Ministerio.
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