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Publicado 24 Jun 2026 09:41
TOLEDO 24 Jun. –
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este miércoles una resolución de la Secretaría General que recoge el extracto y las medidas a las que se refiere la declaración ambiental estratégica de la ‘Primera innovación del proyecto de singular interés del parque temático Puy du Fou España’ en el término municipal de Toledo, a fin de realizar un seguimiento de los efectos en el medio ambiente.
El texto, recogido por Europa Press, incluye cómo se han integrado en el plan los aspectos ambientales, cómo se han tomado en consideración el estudio ambiental estratégico y el resultado de la información pública y consultas, las razones de la elección de la alternativa seleccionada y las medidas adoptadas para el seguimiento.
La Innovación del Proyecto de Singular Interés (PSI) integra los aspectos ambientales identificados en el Estudio Ambiental Estratégico (EAE) mediante la incorporación de criterios de protección, prevención y compatibilidad ambiental en la ordenación propuesta, adaptando el diseño y configuración del ámbito a los distintos factores ambientales analizados –climatología, calidad del aire y acústica, geología y geomorfología, edafología, hidrología superficial y subterránea, vegetación, fauna, paisaje, patrimonio histórico y arqueológico y medio socioeconómico–.
El parque temático ha sido concebido bajo criterios orientados a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la promoción de tecnologías e innovaciones de bajas emisiones de carbono y la implantación de sistemas destinados a minimizar huella ambiental asociada al desarrollo previsto.
En materia de biodiversidad, vegetación y fauna, la ordenación y localización de las distintas actuaciones previstas priorizan la conservación de las zonas con mayor valor ambiental, favoreciendo la preservación de encinas y de la vegetación natural existente, especialmente en el sector norte del ámbito, así como la minimización de afecciones sobre Hábitats de Interés Comunitario.
Del mismo modo, el diseño del ámbito incorpora soluciones adaptadas a las características ambientales y topográficas del terreno, reduciendo la ocupación de las áreas de mayor sensibilidad ecológica. En línea con lo anterior, la zonificación propuesta incrementa significativamente la superficie clasificada como ‘Zona libre de Edificaciones’, integrando áreas con vegetación natural, zonas afectadas por el incendio forestal de 2022 y espacios destinados a la conservación y mejora ambiental.
Asimismo, la ordenación prevista preserva la funcionalidad ecológica asociada a los arroyos Guajaraz y de la Cierva, evitando afecciones significativas sobre su dinámica hidrológica, geomorfológica y ecológica. La configuración del ámbito mantiene la continuidad de estos corredores naturales e incorpora criterios de restauración ambiental y revegetación con especies autóctonas.
Respecto a la hidrología superficial y subterránea, el Plan incorpora criterios dirigidos a garantizar la compatibilidad del desarrollo previsto con la disponibilidad de recursos hídricos y con la capacidad de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento existentes y proyectadas.
A tal fin, la ordenación contempla soluciones orientadas a optimizar el consumo de agua, favorecer la reutilización de aguas depuradas, implantar sistemas separativos para aguas pluviales y residuales y mejorar la adaptación del ámbito ante escenarios de sequía y escasez de recursos hídricos.
PAISAJE E INTEGRACIÓN TERRITORIAL
En relación con el paisaje y la integración territorial, el diseño del Plan incorpora criterios dirigidos a reducir la incidencia visual de las nuevas edificaciones e infraestructuras, favoreciendo su integración en el entorno mediante la adaptación de volúmenes edificatorios y el empleo de materiales, revestimientos, texturas y colores acordes con el paisaje circundante, entre otros.
Por otro lado, el Plan contempla la delimitación de un ámbito de protección cultural asociado a los yacimientos ‘Casa del Loco’, ‘El Espartal’, ‘Casa de los Conejos’ y ‘El Majano’, que quedará clasificado como suelo rústico no urbanizable de protección cultural, con objeto de garantizar la preservación de los elementos del patrimonio histórico y arqueológico presentes.
Finalmente, el Plan se completa mediante la incorporación de criterios relacionados con la movilidad sostenible, la prevención de incendios forestales, la protección frente a la contaminación lumínica y acústica, la eficiencia en el uso de recursos y el establecimiento de mecanismos de seguimiento ambiental.
Entre las principales modificaciones introducidas como resultado del proceso de consultas y de las determinaciones del Documento de Alcance, cabe destacar la reducción de la altura prevista para el edificio hotelero AB08/HT01, pasando de cuatro a tres plantas a petición del Ayuntamiento de Toledo con el fin de mejorar su integración paisajística, así como la redefinición de la zonificación propuesta, incrementando la superficie de la ‘Zona libre de Edificaciones’ con objeto de reforzar su funcionalidad como corredor ecológico y espacio destinado a la implantación de medidas compensatorias y de mejora ambiental.
El Estudio Ambiental Estratégico (EAE) incorpora un análisis de alternativas en el que se evalúan, en primer lugar, distintas opciones para la zonificación del ámbito del PSI y, en segundo lugar, la distribución de las nuevas instalaciones previstas en la Innovación. Se incluye, además, la alternativa cero o de no aprobación de la modificación propuesta.
En relación con la zonificación del ámbito del PSI se compararon tres alternativas, valorando la distribución de las superficies destinadas a Zona de Parque, Zona Libre de Edificaciones, Zona de Instalaciones y Zona Arqueológica. La alternativa seleccionada es la que mantiene una mayor superficie clasificada como ‘Zona Libre de Edificaciones’ y la que garantiza una mejor preservación del entorno natural y de la conectividad ecológica del ámbito, especialmente en el sector norte del parque.
NUEVAS EDIFICACIONES
En cuanto a las alternativas de implantación y distribución de las nuevas edificaciones e infraestructuras dentro de la Zona de Parque, se tuvieron en consideración criterios técnicos, territoriales y ambientales relacionados con la biodiversidad, la conectividad ecológica, la hidrología, el paisaje, las características físicas del terreno, el patrimonio cultural y la integración territorial de las actuaciones previstas.
Tras el análisis comparativo realizado, se seleccionó la Alternativa basada en situar las nuevas instalaciones en las zonas más próximas a las áreas ya construidas del parque. Esta alternativa se considera la más favorable desde el punto de vista ambiental y técnico, al minimizar la ocupación del suelo y las afecciones sobre el entorno natural, favorecer la integración paisajística y optimizar el aprovechamiento de las infraestructuras ya existentes.
El EAE también incorpora un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) destinado al seguimiento de los efectos derivados de la aplicación de la Innovación del PSI sobre los distintos factores ambientales analizados y se prevé la elaboración de informes periódicos destinados a garantizar el correcto funcionamiento del PVA.
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