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Publicado 13 Oct 2025 11:05
TOLEDO 13 Oct. –
El Gobierno de la Diputación de Toledo vuelve a abrir, por segundo año consecutivo, la convocatoria dirigida a los ayuntamientos para entregar un máximo de 1.500 euros a los padres de bebés nacidos en la provincia, durante el año 2025, en municipios que se encuentren en riesgo de extrema o intensa despoblación. Una medida que tiene como fin fijar población, revitalizar las economías locales y preservar la cultura, tradiciones y patrimonio cultural de las entidades locales.
Daniel Arias Vegas, vicepresidente y diputado del área de Bienestar Social, Familia y Juventud, destaca que «es primordial tomar medidas para luchar contra la despoblación en los municipios de nuestra provincia. Lo que pretendemos es ayudar a fomentar la natalidad, promoviendo el bienestar de las familias, y permitirles conciliar la vida laboral y familiar, apoyándoles económicamente».
Serán gastos subvencionables los gastos originados por el cuidado y mantenimiento del hijo nacido o adoptado que consistan en gastos de guardería, contratación de persona empleada para el cuidado del hijo, gastos de productos farmacéuticos o similares para el cuidado del bebe (pañales, productos lácteos, cremas, etc.), gastos de material necesario para el cuidado del bebe (carritos, bañeras, cuna, trona, etc.) y gastos de alimentación infantil que se realicen dentro del periodo de ejecución de la inversión que comprenderá desde el día del nacimiento o adopción del hijo que motiva la concesión de la ayuda hasta el día de finalización del plazo de una año contado a partir del día siguiente a la fecha del nacimiento o adopción.
Exclusivamente y de forma excepcional, para los gastos de material necesario para el cuidado del bebe (carritos, bañeras, cuna, trona) se consideran también como gastos subvencionables los realizados dentro de los dos meses anteriores a la fecha del nacimiento o adopción, según ha informado la Diputación en nota de prensa.
Se exime a los beneficiarios de presentar la justificación del cumplimiento de condiciones, objetivos, facturas y justificantes de gasto para el cobro de la subvención, pero se deberá tener a disposición tanto de la Delegación de Bienestar Social, Familia y Juventud, como de la Intervención General de esta Diputación las facturas y documentos acreditativos del gasto subvencionado, quienes podrán solicitar las copias y aclaraciones sobre los mismos, en cualquier momento, para comprobar la justificación de la subvención.
Para recibir esta ayuda de la institución provincial se tendrán que cumplir dos requisitos básicos: al menos uno de los progenitores debe estar empadronado en la localidad un año antes de la fecha de nacimiento o adopción, y continuar hasta la finalización del proceso (pago de la subvención); y en segundo lugar, el recién nacido o adoptado debe estar empadronado en el municipio desde el nacimiento o adopción y continuar hasta la fecha de presentación de la solicitud de pago.
«El fin de la ayuda es animar a las familias a permanecer en esos pueblos y aportar nuestro granito de arena a luchar contra la despoblación y el envejecimiento», ha recalcado Arias. Un compromiso para el que, desde la Diputación de Toledo, ya se han tomado varias medidas y se han aprobado varios programas, con la finalidad de ayudar a las poblaciones en riesgo de despoblación, uno de los problemas que más preocupan a la institución provincial.
Para solicitarla se deberá presentar el Certificado del Secretario/Interventor de la Entidad Local de empadronamiento de la familia y del hijo/a nacido o adoptado, el libro de familia de la unidad familia, la partida de nacimiento del hijo o inscripción marginal del adoptado y que cumplen los requisitos de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones. Además, se rellenará y registrará la ficha a terceros que aparece en la web de la institución.
La cuantía máxima individualizada a subvencionar por nacimiento y/o adopción será de 1.000 euros para el primer hijo, 1.200 euros para el segundo hijo y 1.500 euros para el tercer hijo o siguientes.
Ya está abierto el plazo para solicitar dicha ayuda y acabará el próximo 15 de enero de 2026.
Se beneficiarán de la medida los 75 municipios o núcleos de población de la provincia de Toledo incluidos en zonas en riesgo de despoblación, de intensa despoblación o de extrema despoblación recogidos en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
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