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Publicado 11 Nov 2025 10:35
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Toledo ha declarado nulo un concurso singularizado de méritos que convocó la Consejería de Agricultura en septiembre de 2022 para cubrir las jefaturas de las oficinas comarcales agrarias (OCA), tras un recurso presentado por el sindicato CSIF.
Tal y como se refleja en la sentencia, recogida por Europa Press, este sindicato solicitaba la nulidad de este proceso porque «no resultaba ajustado a derecho», al «tramitarse por medio de un concurso singularizado de méritos y no por concurso general».
Así, el juez entiende que existen «elementos suficientes para concluir» que se trata de «un supuesto de configuración arbitraria del sistema de provisión por concurso singularizado contraria a los principios de igualdad, mérito y capacidad», con la consiguiente «desviación de poder» de la Administración regional.
En la misma línea, tal y como se explica en la sentencia, «la Administración ha actuado, en la convocatoria, de forma arbitraria al restringir, sin justificación aparente, el período temporal del cómputo de determinados méritos, tanto generales como específicos».
Respecto a la «desviación de poder», el Gobierno regional, a juicio del juez, «utiliza una fórmula aparentemente legal para tratar de consolidar la situación en que se encuentran los funcionarios que desempeñan los puestos ofertados en comisión de servicios».
El sindicato CSIF señala en nota de prensa que la Consejería convocó un concurso singularizado de méritos en septiembre de 2022 para cubrir las jefaturas de las oficinas comarcales agrarias (OCA), puestos de trabajo que habían sido ocupados de manera temporal mediante comisiones de servicio durante más de 15 años, «superando con creces el límite legal de dos años establecido en la Ley de Empleo Público de Castilla-La Mancha».
«La Administración regional llevó a cabo un diseño arbitrario en las bases de concurso que recompensaba directamente este incumplimiento de ley: limitaba la valoración de la experiencia a los cuatro años anteriores a la convocatoria otorgando una clara ventaja a los funcionarios que ya ocupaban esos puestos temporalmente más allá del plazo legal», aseguran desde CSIF
CSIF celebra esta sentencia y sitúa «en el foco la grave mala praxis de la Consejería de Agricultura, que no sólo no corrige la temporalidad llevada a cabo por el exceso de comisiones de servicio irregulares, sino que blinda las plazas a favor de los ocupantes discriminando al resto de funcionarios que podrían haber aspirado a las mismas».
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