
La Junta amplía su sistema de pago electrónico incorporando Bizum para abonar tasas y tributos autonómicos
Publicado 24 Feb 2026 08:55
El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital ha aprobado una nueva resolución que actualiza y moderniza el Sistema Único de Pago Electrónico de la Junta de Comunidades, incorporando nuevas formas de pago, como es el sistema Bizum, y ampliando el catálogo de documentos que pueden abonarse por vía telemática en oficinas de la Administración.
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este martes la resolución de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, dependiente de esta Consejería, por la que se adapta la normativa vigente (que regula el pago electrónico con tarjeta de crédito o débito desde 2016) a la evolución tecnológica y social de los últimos años, facilitando a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones económicas con la Administración regional de una forma más ágil, cómoda y segura, según ha informado la Junta en nota de prensa.
Esta nueva resolución introduce como novedades la incorporación del sistema Bizum como medio de pago, tanto en la pasarela electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como en las oficinas administrativas habilitadas. Asimismo, se prevé la autorización para la instalación de nuevos terminales físicos en órganos, unidades o centros administrativos.
Además, se eliminan las restricciones existentes hasta ahora sobre determinados modelos de documentos, permitiendo que puedan abonarse por esta vía todos aquellos que se recauden por cualquiera de los órganos de la Administración general, de sus organismos, entidades dependientes, unidades y centros administrativos.
Los pagos, según recoge la resolución, podrán realizarse, a través del terminal de Punto de Venta Virtual de carácter general (TPV-CG), desde la sede electrónica; mediante los terminales Punto de Venta conectado a ordenador (TPV-PC), en oficinas administrativas; por tarjeta bancaria admitida por la entidad prestadora del servicio, antes limitado a unos pagos muy concretos; o tener habilitado el pago mediante el sistema Bizum. Estas vías de pago se unen al pago en entidad colaboradora (tanto presencial como electrónico), al pago mediante giro postal y al pago mediante transferencia bancaria.
El importe del documento a abonar por este medio de pago no podrá ser superior a 3.000 euros y además deberá realizarse por la totalidad de la cuantía a ingresar del documento de pago que se quiere abonar, salvo en los supuestos en los que el Sistema Único de Pago Electrónico de la Administración tenga habilitado un abono inferior.
Dicha disposición establece la forma en que se debe proceder para la realización del pago electrónico. En el caso de pago a través del Portal Tributario, la persona interesada deberá generar previamente su autoliquidación o acceder a su documento de pago a través del Portal Tributario de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
Tras las comprobaciones automáticas del sistema y que estás den resultado correcto, se redirigirá a la pasarela de pago segura o Sistema Único de Pago Electrónico de esta Administración para completar la operación de pago mediante tarjeta o Bizum.
Una vez efectuado el abono, la entidad prestadora del servicio lo confirmará y el sistema de esta Consejería emitirá automáticamente un justificante que incluirá el Número de Referencia de Operación (NRO). En caso de rechazo, mostrará en la pantalla la descripción del error.
En el caso de realizar el pago presencialmente en las oficinas, también se habilitan las dos vías para hacerlo: en primer lugar, si se realiza con tarjeta, a través del TPV-PC, deberá coincidir la identidad de la persona ordenante con la persona titular de la tarjeta para proceder al mismo; en segundo lugar, si se paga con el sistema Bizum, será necesario disponer en ese momento de un número de teléfono móvil asociado al servicio.
Esta resolución que publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha también incluye en su regulación el contenido obligatorio de los justificantes de pago, el procedimiento de ingreso de las cantidades en la Tesorería, la gestión y control de los terminales instalados en las oficinas y la habilitación y supervisión del personal autorizado.
Además, se refuerzan las medidas de control y seguridad en el uso en estos sistemas, garantizando la correcta gestión de los fondos públicos.
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