
Archivo – Audiencia provincial de Cuenca
Publicado 11 Mar 2025 12:50
CUENCA, 11
Un varón identificado como J.S.S. se enfrenta a una petición de pena de 12 años de cárcel por agresión sexual y acoso a su expareja, en el juicio que se celebrará este miércoles, 12 de marzo, en la Audiencia Provincial de Cuenca.
Este juicio se señaló inicialmente en julio de 2024, pero tuvo que ser suspendido. De acuerdo con lo descrito en el escrito de acusación de la Fiscalía, que recoge Europa Press, el acusado mantuvo una relación de noviazgo con la denunciante durante un periodo comprendido entre marzo de 2017 y enero de 2018, con diversas interrupciones durante este tiempo.
En una fecha próxima a las navidades de 2017 se encontraban ambos tumbados sobre una cama de una de las habitaciones del domicilio del procesado cuando este le exigió mantener relaciones sexuales.
Ella manifestó que no le apetecía en ese momento, a lo que el acusado respondió que le daba igual que le dijese que no «y a continuación la agarró fuertemente, rodeándola con su brazos por la espalda, y pese a la oposición de ella, que forcejeó con él, el procesado consiguió penetrarla analmente hasta que eyaculó en su interior, sin que conste que le llegase a ocasionar lesión alguna», describe la Fiscalía.
Entre los meses de enero y abril de 2018, con la relación finalizada, el procesado no quiso asimilar la ruptura y no cesó de llamar a su expareja y de comunicarse con ella por teléfono de forma continua, comunicando con ella todos los días en múltiples ocasiones y llegando a trasmitirle en algunas llamadas su intención de suicidarse.
La mujer cambió de número de teléfono, pero el procesado insistió en intentar mantener relación con ella, llegando a contactar con su padre y persiguiéndola continuamente por la ciudad de Cuenca, acercándose a ella en las proximidades de su domicilio, del instituto en el que estudia y en cualquier otro lugar en el que ella pudiera encontrarse, hasta que la chica denunció estos hechos.
La Fiscalía considera que lo relatado es susceptible de ser considerado como un delito de agresión sexual, de los artículos 178 y 179 del Código Penal en la redacción vigente al momento de ocurrir los hechos, por considerarse la más beneficiosa para el procesado como establecen los principios del derecho penal; y un delito de acoso previsto en el artículo 172 del mismo cuerpo legal.
Por el primero de los delitos, podría ser castigado con diez años de cárcel y por el segundo se pide una pena de dos años. Además, el Ministerio Fiscal propone una orden de alejamiento de hasta catorce años y una indemnización de 5.000 euros por daños morales a la víctima.
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