
Este miércoles entra en vigor la Orden que regula las ayudas para personas diagnosticadas de ELA en C-LM
Publicado 3 Feb 2026 09:53
Este miércoles entrará en vigor la Orden de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia para personas diagnosticadas de esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible en Castilla-La Mancha.
Esta Orden, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recogida por Europa Press, tiene por objeto establecer las bases reguladoras en el ámbito de Castilla-La Mancha para la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de la calidad de vida de las personas diagnosticadas de Esclerosis Lateral Amiotrófica (en adelante, ELA) y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.
La finalidad es mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, reconociendo la especial situación de vulnerabilidad que afrontan estos pacientes y sus familias, prestando apoyo económico a los gastos asociados a estos procesos patológicos, así como a recursos especializados.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas que, a la fecha de presentación de su solicitud, tengan un diagnóstico confirmado de ELA o sospecha de padecerla; padezcan otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, neurológicas y no neurológicas.
Las solicitudes se formularán mediante instancia dirigida a la persona titular de la dirección general con competencias en materia de atención sociosanitaria de forma telemática, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es); y de manera presencial, según formulario habilitado en sede electrónica, en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Únicamente se admitirá una solicitud por persona interesada.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde la presentación de la solicitud de subvención.
Esta subvención se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria que figure en la convocatoria, consignada en los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La cuantía a conceder será determinada anualmente en la convocatoria, sin que la misma pueda ser superar la cantidad de 6.000 euros por persona beneficiaria, en función de las disponibilidades presupuestarias.
Las subvenciones concedidas se harán efectivas en un único libramiento una vez notificada la resolución de concesión y certificación, sobre acreditación del cumplimiento de las condiciones que dan derecho a la persona beneficiaria al cobro de la misma dentro de los plazos establecidos.
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