
Trib.- El jurado popular ya debate sobre la culpabilidad del acusado del crimen de Nohales
Publicado 15 Jan 2026 12:14
CUENCA 15 Ene. –
El jurado popular, compuesto por cinco mujeres y cuatro hombres, ya delibera sobre la culpabilidad de C.B., acusado por el crimen de Nohales, una vez ha recibido el objeto de veredicto con los hechos sobre los que se tendrán que pronunciar.
Se necesitan siete votos para declararlo culpable y cinco para determinar la inculpabilidad.
El objeto de veredicto consta de unos hechos desfavorables y otros favorables y se necesitan más votos para probar los primeros que los segundos.
En el caso de la acusación, pide al jurado que en su deliberación dirima cuestiones como la existencia de alevosía, que en este caso entienden que se produjo al tratarse de un ataque sorpresivo y violento ante el que las víctimas, Cristina y M.C., no tuvieron oportunidad de defenderse y en el hecho de que la fallecida fue rematada.
También deben decidir si hay motivos para aplicar el agravante de parentesco, que se produce cuando hay o ha habido una relación conyugal, y de discriminación de género, que supone que el autor cometió el hecho por razones basadas en la dominación del hombre sobre la mujer, «por considerarla el autor un ser inferior y despreciando su derecho a la igualdad», según ha explicado el juez al jurado.
Por su parte, la defensa propone una versión de los hechos con dos discrepancias fundamentales: la ausencia de alevosía y de intención de matar a M.C., solo de causarle lesiones y la concurrencia de un estado de intoxicación plena por parte del acusado «que el impedían comprender el alcance de sus actos y actuar en consecuencia».
En caso de que el jurado no observara la existencia de esta intoxicación plena, deberán considerar si cabe aplicar los atenuantes por drogadicción y arrebato.
La resolución judicial del jurado tendrá que ser motivada y el jurado debe enumerar las pruebas relevantes que acrediten la culpabilidad o no culpabilidad.
El jurado tendrá que pronunciarse también sobre si apoyarían, en caso de condena, una petición de indulto.
También deben decidir si se muestran favorables a una suspensión de la pena en caso de culpabilidad, aunque en este caso no sería legalmente posible, porque el número de años de prisión superaría el máximo permitido para aplicar esta medida.
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