
CASTILLA LA MANCHA.-El BOE publica el Real Decreto con las ayudas de hasta 100 euros para financiar gafas y lentillas a menores de 16 años
Publicado 9 Oct 2025 10:42
MADRID/TOLEDO 9 Oct. –
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el Real Decreto por el que se regula la concesión de ayudas directas de hasta 100 euros para la financiación de gafas y lentillas a menores de 16 años, inclusive, que entrará en vigor a partir de este viernes.
«Los defectos de refracción en la infancia representan una problemática relevante y con un impacto potencialmente notable en el correcto desarrollo de la salud visual de los niños. Además, a esta repercusión sobre la salud hay que añadir su impacto sobre el desarrollo, el aprendizaje o la socialización (…)», justifica el Ministerio de Sanidad en el Real Decreto.
De este modo, las ayudas buscan «contribuir a la mejora de la salud visual de la población infantil y juvenil en España», así como «reducir las desigualdades sociales en el acceso a sistemas de ayuda visual» y «mejorar los sistemas de información sobre el uso de sistemas de ayuda visual» en este colectivo, y «eliminar barreras para que los niños con déficits visuales puedan acceder a medidas de detección temprana y corrección precoz en su caso».
La cuantía total de la subvención asciende a 47.775.000 euros y el plazo de ejecución de las acciones contempladas en el RD se establece hasta el ejercicio correspondiente al año 2027. Así, para el año 2025 asigna una dotación de 1.000.000 de euros y, para 2026, de 46.775.000 euros.
El Real Decreto designa al Consejo General de Colegios de Ópticos Optometristas como entidad colaboradora para la provisión de los sistemas de ayuda visual.
Así, las personas beneficiarias, o sus tutores legales, podrán acceder a la ayuda a través de entidades adheridas, principalmente ópticas, tras cumplimentar un formulario en el momento de formalizar la compraventa. Las entidades adheridas aplicarán el descuento de forma automática en el momento de la compra y gestionarán el reembolso por los productos dispensados junto con la entidad colaboradora, el Cnsejo.
Los productos subvencionales son la montura básica de gafas con lentes graduadas orgánicas con antirreflejante; las lentes graduadas orgánicas con antirreflejantes; y las lentes de contacto de material hidrofílico o gas permeable y la solución líquida para lentes de contacto necesaria para su mantenimiento, ambas en una cuantía suficiente para su uso durante un periodo de un año.
El Real Decreto precisa que en caso de que el coste total de las gafas o lentillas supere la cuantía máxima de 100 euros que otorga esta ayuda, la persona beneficiaria debeá abonar la diferencia hasta el precio total. Cada persona beneficiaria podrá disponer de esta ayuda una sola vez durante el periodo de un año (365 días).
Además, la compraventa de los productos deberá formalizarse de forma física en el establecimiento de la entidad adherida, por lo que no es posible la compraventa a distancia. En ningún caso serán subvencionables los gastos de los servicios ópticos u optométricos derivados de la adquisición de los sistemas de ayuda visual, tales como la graduación o el consejo personalizado.
La compra de gafas o lentillas deberá formalizarse en el periodo comprendido entre la fecha de publicación de este RD y el 31 de diciembre de 2024, o en su caso, hasta que se agote el presupuesto disponible, si esta fecha es anterior. Los pagos correspondientes a operaciones realizadas en el mes de diciembre podrán ejecutarse durante el ejercicio de 2027.
Las ayudas se abonarán con cargo al presupuesto de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
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