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Publicado 18 Mar 2026 13:09
CIUDAD REAL 18 Mar. –
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha estimado el recurso presentado por la presidenta del PP de Valdepeñas y portavoz del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento, Cándida Tercero, a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ciudad Real que avalaba su expulsión del pleno municipal del 4 de noviembre de 2024, por lo que ha anulado parte de este pleno y obliga al Consistorio a convocar otro extraordinario.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TSJCM considera que la primera llamada al orden por parte del alcalde, Jesús Martín, a la portavoz del PP «es precipitada, intempestiva e improcedente», después de escasos segundos en el uso de la palabra por parte de la concejal.
«Tras una sola frase, no se le deja siquiera proseguir su discurso a fin de poder evaluar con conocimiento de causa si el mismo se refería o no al objeto del debate», afirma, para añadir que la inmediata interrupción y la segunda llamada al orden por el alcalde tras esas solas palabras es también «manifiestamente injustificada y un evidente abuso de autoridad».
Entiende así que las protestas y quejas posteriores de la concejal «son perfectamente procedentes porque la segunda llamada al orden se produce cuando no se le había permitido siquiera continuar su alocución respecto del fondo de la cuestión a debatir».
Por ello, concluye que la expulsión de la concejal del pleno afecta «al núcleo esencial del derecho» de participación política amparado en el artículo 23 de la Constitución española, y considera que se produce vulneración del mismo «en tanto que la medida es desproporcionada y e inmotivada al ir precedida de retiradas de la palabra y llamadas al orden del todo punto injustificadas».
Tras conocer la resolución judicial, Tercero ha señalado que «no solo me da la razón, sino que protege el derecho de todos los valdepeñeros a ser escuchados a través de sus representantes en el Pleno del Ayuntamiento».
En este sentido, ha subrayado que cuando se le impidió intervenir, «no solo se me quitó la voz a mí, sino a todos los ciudadanos que confiaron en nuestro grupo político».
En nota de prensa, el PP recuerda que los hechos se remontan al pleno ordinario celebrado el 4 de noviembre de 2024, en el que se debatía la subida de tasas de alcantarillado y depuración de aguas vinculadas al IPC.
Según ha recordado la portavoz ‘popular’, su intervención fue interrumpida «de forma inmediata» por el alcalde, quien le retiró la palabra sin permitirle desarrollar su argumentación.
Destaca que la sentencia describe la actuación del regidor como «precipitada e intempestiva», calificando de «improcedente» la primera llamada al orden, y de «manifiestamente injustificada» la segunda. Asimismo, considera que la expulsión de Tercero tras una tercera llamada fue «arbitraria» y constituye un «evidente abuso de autoridad».
Como consecuencia, resalta que el TSJCM declara la nulidad de pleno derecho de todo lo aprobado tras la expulsión de la portavoz ‘popular’, obligando al Ayuntamiento a convocar un pleno extraordinario para volver a debatir cuestiones clave como la subida de la basura, el IBI y las tasas de agua para el año 2025.
«Estamos ante una resolución contundente que demuestra que se han traspasado límites incompatibles con la democracia», ha afirmado Tercero, quien ha denunciado que esta situación no es aislada, sino la tercera vez que es expulsada de un Pleno municipal, a lo que hay que añadir «las continuas faltas de respeto e insultos, por parte del alcalde hacia su persona, en los plenos».
La dirigente ‘popular’ ha advertido de las «graves consecuencias» de esta sentencia tanto para la gestión del equipo de Gobierno como para la estabilidad institucional del Ayuntamiento, al tiempo que ha insistido en que «no se trata de un error administrativo, sino de una vulneración flagrante de derechos fundamentales».
Finalmente, Cándida Tercero ha señalado que esta sentencia «marca un antes y un después» y ha defendido que Valdepeñas «merece un gobierno que respete la democracia, el debate y la Constitución».
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