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Publicado 12 Feb 2026 09:08
TOLEDO 12 Feb. –
La Consejería de Desarrollo Sostenible ha hecho pública la ampliación de períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para la temporada cinegética 2025-2026. Una modificación del calendario establecido el 27 de mayo de 2025 ante la interrupción de la temporada por condiciones meteorológicas.
Según la orden publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), recogida por Europa Press, debido al periodo de fuertes lluvias durante el último mes en diversas zonas de la región, se ha producido una significativa reducción en la intensidad de capturas previstas sobre la población de ungulados existente en la región al no poderse llevar a cabo un importante número de cacerías colectivas.
A la vista de esta disminución de cacerías, y partiendo ya de situaciones de sobrepoblación de las especies cinegéticas de caza mayor y con el objeto de garantizar su estabilidad poblacional y minimizar los previsibles impactos ecológicos, económicos y sociales derivados de la sobreabundancia y crecimiento exponencial de estas especies en Castilla-La Mancha, en caso de no ejercerse adecuadamente la presión cinegética programada, se considera necesaria la ampliación del periodo hábil de ciertas modalidades de caza.
La Consejería entiende cumplido el trámite de información pública con la consulta al Consejo regional de Caza del día 5 de febrero de 2026, dado el carácter urgente de la ampliación del periodo hábil y al haber representación en él de los grupos interesados.
El periodo de caza de ciervo, gamo y muflón se amplía hasta el 1 marzo en lugar del 21 de febrero previsto inicialmente. También se amplía el periodo general de caza de jabalí hasta el 1 de marzo, que acompaña al periodo especial del 22 de febrero al 7 de octubre.
Los caledarios de corzo quedan igual, con un periodo solo para machos del 1 de septiembre al 30 de septiembre y 1 de abril al 31 de julio, y solo para hembras, del 1 de diciembre al 1 de marzo.
Igualmente, queda sin modificar el calendario de cabra montesa, con un periodo de machos y hembras del 15 de octubre al 15 de enero, y un periodo solo para machos del 1 al 31 de marzo.
Las cacerías colectivas podrán ser comunicadas con cinco días hábiles de antelación acompañándolas de una declaración responsable indicando la imposibilidad de la celebración con anterioridad por causas meteorológicas.
La modificación del calendario ha entrado en vigor este mismo jueves, tras su publicación en el DOCM.
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