
Aedaf recuerda que los gastos de la ‘vuelta al cole’ pueden ser deducibles en el IRPF
Publicado 8 Sep 2025 19:30
La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha recordado que los gastos de ‘la vuelta al cole’ –guardería, material escolar, idiomas, comedor, ayuda doméstica o extraescolares– pueden ser deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según la comunidad autónoma.
La Asociación ha elaborado y publicado este lunes un informe en el que se recogen todas las deducciones aplicables en las diferentes comunidades autónomas de régimen común para los gastos de la ‘vuelta al cole’.
Por ejemplo, los asesores fiscales han explicado que, en Andalucía se puede deducir el 15% por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, informática o de ambas, con un límite máximo de 150 euros por cada descendiente, cuando las bases imponibles o de ahorro no superen los 80.000 euros en caso de tributación individual, o los 100.000 euros en caso de conjunta.
En el caso de Aragón, son deducibles los gastos en libros de texto para educación primaria y educación secundaria obligatoria y de material escolar (con límites por tramos en las bases imponibles), además de los gastos de guardería, que ascienden al 15% para hijos menores de 3 años, y los de transporte escolar, hasta los 50 euros.
Como recoge el documento elaborado por el gabinete de estudios de Aedaf, las familias asturianas también podrán deducirse los gastos de guardería en un 15%, que sube hasta el 30% en zonas rurales con riesgo de despoblación. Los libros de texto y el transporte escolar cuentan con deducciones, de hasta un máximo de 100 euros por descendiente, y de un 10% en el segundo.
De su lado, un año más, en Baleares los gastos en libros de texto son deducibles al 100% hasta los 220 euros. Como novedad, desde el 25 de julio de 2025, también los autónomos podrán aplicarse esta deducción. Las familias también pueden deducirse los gastos de clases extraescolares de idiomas extranjeros en un 15%, con un límite de 110 euros por hijo.
En Canarias pueden deducirse el 15% de los gastos de guardería hasta los 400 euros para hijos menores de 3 años. También son deducibles los gastos en material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo con un límite de 100 euros por el primer hijo y 50 euros adicionales por cada uno de los siguientes.
Por su parte, la comunidad de Cantabria permite deducir el 15% de los gastos de guardería hasta los 300 euros anuales, y el 30%, hasta los 600 euros, si se trata de familias con residencia en zonas con riesgo de despoblamiento. Los libros de texto están bonificados en un 100% y los gastos en clases de idiomas extraescolares en un 15%, mientras que la ayuda doméstica puede deducirse en un 20%.
Los gastos de guardería son deducibles en un 30 % hasta los 500 euros, en Castilla- La Mancha. También es posible deducir los gastos en libros de texto editados para las etapas correspondientes a la educación básica obligatoria, además de un 15% de los gastos para la enseñanza de idiomas en función de los ingresos y el tipo de declaración.
Mientras, los contribuyentes de Castilla y León pueden deducirse los gastos destinados al cuidado de menores de 4 años, bien sea en guarderías (100% de la matrícula con límite de 1.320 euros) o a una persona empleada en el hogar (30% de lo abonado, con límite de 322 euros). Las cuotas a la Seguridad Social de las personas empleadas en el hogar tienen también un porcentaje deducible, un 15%, con el límite máximo de 300 euros.
En el caso de Cataluña, las deducciones se aplican a los préstamos concedidos para la financiación de estudios de máster y de doctorado y se devuelve el 100% de los intereses de esos préstamos.
De acuerdo con el documento elaborado por Aedaf, los contribuyentes extremeños pueden deducirse 15 euros en material escolar por cada hijo y el 10% de lo invertido en su cuidado, hasta los 14 años, con el límite de 400 euros.
En Galicia este porcentaje asciende hasta el 30% con un límite que oscila entre los 400 y los 600 euros y en La Rioja se establece el mismo porcentaje, pero con un límite de 600 euros por menor. Además, existe una deducción del 20% de los gastos de escolarización de cada hijo de 0 a 3 años de cualquier municipio de La Rioja, con el límite máximo de 600 euros por hijo.
En cuanto a la Comunidad de Madrid, hay deducciones por gastos educativos (15% de los gastos de escolaridad, 15% de los gastos de enseñanza de idiomas y 5% por la adquisición de uniformes).
Las familias murcianas podrán desgravarse por primera vez el gasto en gafas o lentillas en el ejercicio 2025 del IRPF, que se suma a la deducción por gastos de guardería del 20% de las cantidades satisfechas y por gastos educativos hasta los 1.000 euros por hijo o descendiente, así como la de los gastos de material escolar y libros de texto hasta los 120 euros por cada hijo y de enseñanza de idiomas, un 15% hasta los 300 euros.
Por último, en la Comunidad Valenciana las familias podrán deducir un 15% de los gastos de guardería y educación infantil, hasta un máximo de 270 euros. Mientras que para el material escolar, tendrán la posibilidad de deducirse 110 euros por cada hijo y en caso de contratar a una persona para ayudar en el hogar, la familia puede desgravarse el 50% de las cuotas de Seguridad Social.
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