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Publicado 14 May 2025 12:14
D.S.Z.C, acusado de matar a su compañero de piso –A.G.M.M– tras apuñalarlo en Yeles (Toledo) en mayo de 2022, ha pedido disculpas a la familia de la víctima en su alegato final en el juicio con jurado popular que ha concluido este miércoles en la Audiencia Provincial de Toledo.
«No me justifico de haber cometido este hecho», ha afirmado ante el los miembros del jurado, después de que el Ministerio Fiscal y el abogado de la defensa hayan desgranado sus conclusiones finales.
El Ministerio Fiscal, que ya pidió este martes rebajar de 25 a 15 años la petición de pena del acusado, ha argumentado el cambio de postura en una alocución de cincuenta minutos. Ha insistido en pedir al tribunal del jurado un veredicto de culpabilidad por un delito de asesinato al concurrir alevosía, teniendo en cuenta la atenuante de la confesión de los hechos por parte del encausado y eliminando el ensañamiento.
El fiscal considera que el acusado persiguió al fallecido tras la discusión, y después del primer ataque con un cuchillo a la víctima, esta queda tumbada completamente indefensa en el portal de la vivienda. «No hay duda alguna de que el ataque es alevoso. No puede moverse para defenderse», ha afirmado.
Respecto a eliminar el agravante de ensañamiento, el representante de la Fiscalía ha señalado que «objetivamente» sí se puede apreciar, porque tras 50 heridas, «se han causado males que no eran necesarios para conseguir matar a la persona».
Pero para terminar de considerar si hay ensañamiento, es necesario «que la persona que propine este número exagerado de puñaladas, tenga además el propósito de causar su sufrimiento antes de matarla».
«Cuando el propósito es simplemente causarle la muerte, no entra en su intención causar sufrimiento, aunque objetivamente sí se lo causó», ha remarcado.
De su lado, el abogado de la defensa la dicho al jurado que tiene que extraer su veredicto en base a tres hechos concretos que tendrán que determinar. «El primero, si el acusado mató a la víctima; el segundo, qué sucede en el portal; y en tercer lugar, dentro de la vivienda».
El primero es fácil, según el fiscal, después de que el acusado haya reconocido los hechos, aunque hay que determinar por qué lo hizo. La segunda parte, es más complicada, según este letrado, pues el fiscal defiende que el acusado persiguió a la víctima, versión contraria a lo que ha expuesto el encausado en el juicio.
Tras remarcar que al acusado no se le puede atribuir riesgo de fuga, ha señalado que su defendido es consciente de que el «procedimiento es muy difícil» porque la «única persona que podría desmentir los hechos es el fallecido».
«Mi cliente está dispuesto a asumir lo que ha hecho, está dispuesto a aceptar –la pena de quince años–. Lo que sería mostrar conformidad, lo asumirá íntegramente. Sabe que lo que ha hecho está mal, aunque en ese momentos se vio con la obligación de hacerlo», ha afirmado.
En todo caso, este letrado ha destacado que la voluntad de su defendido «no era generar dolor», no era alargar la agonía de la víctima, sino acabar con su vida, por lo que ha aceptado la eliminación de la atenuante de ensañamiento propuesta por la Fiscalía.
En cuanto a la de alevosía es un extremo que el jurado tendrá que dilucidar, ha señalado la defensa, teniendo en cuenta los hechos que ocurrieron dentro de la vivienda.
Una vez han quedado expuestas las conclusiones de las partes, el juez se ha retirado a redactar el objeto del veredicto, que entregará al jurado, y que tendrá que retirarse a deliberar.
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